Decreto número 51, de 2019.- Fija fórmulas tarifarias de los servicios de producción y distribución de agua potable y recolección y disposición de aguas servidas para la empresa Aguas Quepe S.A. (Ex Comité de Agua Potable y Alcantarillado Quepe S.A.) - 24 de Mayo de 2022 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 905324850

Decreto número 51, de 2019.- Fija fórmulas tarifarias de los servicios de producción y distribución de agua potable y recolección y disposición de aguas servidas para la empresa Aguas Quepe S.A. (Ex Comité de Agua Potable y Alcantarillado Quepe S.A.)

Número de registroCVE-2131678
Fecha de publicación24 Mayo 2022
SecciónNormas Generales
EmisorMINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
Número de Gaceta43.260
CVE 2131678 |Director Interino: Jaime Sepúlveda O.
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 43.260 | Martes 24 de Mayo de 2022 | Página 1 de 9
Normas Generales
CVE 2131678
MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
Subsecretaría de Economía y Empresas de Menor Tamaño
FIJA FÓRMULAS TARIFARIAS DE LOS SERVICIOS DE PRODUCCIÓN Y
DISTRIBUCIÓN DE AGUA POTABLE Y RECOLECCIÓN Y DISPOSICIÓN DE
AGUAS SERVIDAS PARA LA EMPRESA AGUAS QUEPE S.A. (EX COMITÉ DE
AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO QUEPE S.A.)
Núm. 51.- Santiago, 22 de abril de 2019.
Vistos:
1.- El DFL Nº 70 de 1988, del Ministerio de Obras Públicas, Ley de Tarifas de Servicios
Sanitarios, en adelante e indistintamente, "DFL MOP Nº70/88";
2.- La Ley Nº 18.902, Orgánica de la Superintendencia de Servicios Sanitarios (en adelante,
e indistintamente, la "Superintendencia" o "SISS");
3.- El decreto supremo Nº 453 del 12 de diciembre de 1989, del Ministerio de Economía,
Fomento y Reconstrucción, que contiene el Reglamento de la Ley de Tarifas de Servicios
Sanitarios, en adelante e indistintamente, el "Reglamento";
4.- El artículo 100º del decreto supremo Nº 1.199 de 2004, del Ministerio de Obras
Públicas, en adelante e indistintamente, "DS MOP Nº 1.199/04";
5.- El decreto supremo Nº 63, de fecha 31 de marzo de 2003, publicado el 4 de agosto de
2005, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que aprueba fórmulas tarifarias
de los servicios de producción y distribución de agua potable y recolección y disposición de
aguas servidas para la localidad de Quepe de la comuna de Freire, IX Región, Empresa Comité
de Agua Potable y Alcantarillado Quepe S.A. y su posterior rectificación mediante el decreto
supremo Nº 90, de fecha 15 de marzo de 2004;
6.- El estudio tarifario realizado por la Superintendencia de Servicios Sanitarios, sus
fundamentos, antecedentes de cálculo y resultados;
7.- Estos antecedentes.
Considerando:
1.- Que, en conformidad con el artículo 2º de la Ley de Tarifas de Servicios Sanitarios, la
fijación de las fórmulas tarifarias de los servicios públicos sanitarios se realiza mediante decreto
expedido por el Ministerio de Economía, Fomento y Turismo;
2.- Que, el procedimiento administrativo realizado para la fijación de las tarifas de los
servicios públicos sanitarios de la empresa Aguas Quepe S.A., correspondientes al quinquenio
2018-2023, cumple con las etapas en la forma y plazos dispuestos por la mencionada Ley de
Tarifas;
3.- Que, en el proceso de fijación de tarifas del concesionario Aguas Quepe S.A., esta
prestadora no elaboró su estudio tarifario, circunstancia que quedó señalada en el acta de
intercambio de los estudios tarifarios;
4.- Que, en caso que el prestador no elabore su propio estudio tarifario, los resultados
obtenidos por la Superintendencia de Servicios Sanitarios serán considerados definitivos;
5.- Que la determinación de tarifas ha cumplido además con las Bases, normas y actos de
procedimiento establecidos en el DFL MOP Nº70/88 y su Reglamento.

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