Decreto número 50, de 2022.- Otorga a Engie Energía Chile S.A., concesión eléctrica definitiva para establecer el proyecto de transmisión de energía eléctrica denominado Subestación Libélula y Red Colectora 33 kV, en la Región Metropolitana, provincia de Chacabuco, comuna de Colina - 14 de Julio de 2022 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 907397063

Decreto número 50, de 2022.- Otorga a Engie Energía Chile S.A., concesión eléctrica definitiva para establecer el proyecto de transmisión de energía eléctrica denominado Subestación Libélula y Red Colectora 33 kV, en la Región Metropolitana, provincia de Chacabuco, comuna de Colina

Fecha de publicación14 Julio 2022
Número de registroCVE-2155332
SecciónNormas Particulares
EmisorMINISTERIO DE ENERGÍA
Número de Gaceta43.302
CVE 2155332 |Director Interino: Jaime Sepúlveda O.
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública II
SECCIÓN
DECRETOS, RESOLUCIONES, SOLICITUDES Y NORMAS DE INTERÉS PARTICULAR
Núm. 43.302 | Jueves 14 de Julio de 2022 | Página 1 de 4
Normas Particulares
CVE 2155332
MINISTERIO DE ENERGÍA
OTORGA A ENGIE ENERGÍA CHILE S.A., CONCESIÓN ELÉCTRICA DEFINITIVA
PARA ESTABLECER EL PROYECTO DE TRANSMISIÓN DE ENERGÍA
ELÉCTRICA DENOMINADO “SUBESTACIÓN LIBÉLULA Y RED COLECTORA 33
KV”, EN LA REGIÓN METROPOLITANA, PROVINCIA DE CHACABUCO, COMUNA
DE COLINA
Núm. 50.- Santiago, 18 de mayo de 2022.
Vistos:
Lo informado por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles en su Oficio
Ordinario Electrónico Nº 114248, de 26 de abril de 2022; lo dispuesto en los artículos 11º y 29º
del decreto con fuerza de ley Nº 4/20.018, de 2006, del Ministerio de Economía, Fomento y
Reconstrucción, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto con fuerza de
ley Nº 1, de Minería, de 1982, Ley General de Servicios Eléctricos, en materia de energía
eléctrica, en adelante la "Ley General de Servicios Eléctricos", y sus modificaciones posteriores;
en la ley Nº 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos
de los órganos de la Administración del Estado; en la resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría
General de la República, y
Considerando:
Lo informado por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, en su Oficio
Ordinario Electrónico Nº 114248, de 26 de abril de 2022, el cual pasa a formar parte del presente
acto administrativo, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 41 de la ley Nº 19.880, que establece
bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la
Administración del Estado.
Decreto:
Artículo 1º.- Otórguese a la empresa Engie Energía Chile S.A. concesión definitiva para
establecer el proyecto de transmisión de energía eléctrica denominado "Subestación Libélula y
Red Colectora 33 kV", en la Región Metropolitana, provincia de Chacabuco, comuna de Colina.
Artículo 2º.- El proyecto "Subestación Libélula y Red Colectora 33 kV" tiene por finalidad
evacuar la energía eléctrica generada en el Parque Solar Fotovoltaico Libélula (referencial, no
forma parte de la solicitud de concesión) mediante la Red Colectora 33 kV, subterránea, a la
Subestación Libélula, para posteriormente transferirla a la Subestación El Manzano conectada al
Sistema Eléctrico Nacional (SEN), a través de una línea de transmisión eléctrica, denominada

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