Decreto número 5 T, de 2020.- Fija tarifas de acceso abierto a que se refiere el inciso cuarto del artículo 79º de la Ley General de Servicios Eléctricos - 16 de Diciembre de 2020 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 853211812

Decreto número 5 T, de 2020.- Fija tarifas de acceso abierto a que se refiere el inciso cuarto del artículo 79º de la Ley General de Servicios Eléctricos

Fecha de publicación16 Diciembre 2020
Número de registroCVE-1864999
SecciónNormas Generales
EmisorMINISTERIO DE ENERGÍA
Número de Gaceta42.831
CVE 1864999 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 42.831 | Miércoles 16 de Diciembre de 2020 | Página 1 de 7
Normas Generales
CVE 1864999
MINISTERIO DE ENERGÍA
FIJA TARIFAS DE ACCESO ABIERTO A QUE SE REFIERE EL INCISO CUARTO
Núm. 5 T.- Santiago, 29 de abril de 2020.
Vistos:
Lo dispuesto en el decreto ley Nº 2.224, de 1978, que crea el Ministerio de Energía y la
Comisión Nacional de Energía; en el decreto con fuerza de ley Nº 4/20.018, de 2006, del
Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fija texto refundido, coordinado y
sistematizado del decreto con fuerza de ley Nº 1, de Minería, de 1982, Ley General de Servicios
Eléctricos, en materia de energía eléctrica, en adelante e indistintamente la “Ley” o la “Ley
General de Servicios Eléctricos”; en la ley Nº 20.936, que establece un nuevo sistema de
transmisión eléctrica y crea un organismo coordinador independiente del sistema eléctrico
nacional, en adelante la “Ley Nº 20.936”; en la resolución exenta Nº 154, de fecha 30 de marzo
de 2017, de la Comisión Nacional de Energía, en adelante la “Comisión”, que establece términos
y condiciones de aplicación del régimen de acceso abierto a que se refieren los artículos 79º y
80º, de la Ley General de Servicios Eléctricos, en adelante la “Resolución Exenta Nº 154”; lo
informado por la Comisión mediante el oficio CNE Of. Ord. Nº 172, de fecha 9 de marzo de
2020, que remite la resolución exenta Nº 74, de fecha 9 de marzo de 2020, de la Comisión, que
aprueba Informe Técnico Definitivo de Fijación de Cargos de Acceso Abierto a que se refiere el
de 2019, de la Contraloría General de la República.
Considerando:
1. Que, de conformidad a lo establecido en el inciso tercero del artículo 79º, de la Ley
General de Servicios Eléctricos, los propietarios, arrendatarios, usufructuarios, o quienes
exploten a cualquier título las instalaciones de transmisión deberán permitir la conexión a sus
instalaciones a quien lo solicite, debiendo en su caso efectuar las ampliaciones, adecuaciones,
modificaciones y refuerzos que sean necesarios para dicha conexión.
2. Que, por su parte, el inciso cuarto del citado artículo 79º dispone que, con excepción de
los sistemas de transmisión dedicados, le corresponderá al Coordinador Eléctrico Nacional, en
adelante el “Coordinador”, establecer los pagos que deberá realizar la empresa que solicita hacer
uso de instalaciones de transmisión al propietario de dichas instalaciones, a partir de la aplicación
de las tarifas que determine el Ministerio de Energía, previo informe de la Comisión, por
concepto de costos de conexión, estudios y análisis de ingeniería o derechos de uso de dichas
instalaciones, así como los requisitos técnicos y plazos para realizar dichas obras, conforme a lo
que determine el reglamento.
3. Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo segundo transitorio de la resolución exenta
Nº 154, mientras no se dicte el respectivo acto administrativo por parte del Ministerio de
Energía, las tarifas y la definición de los costos de conexión, estudios y análisis de ingeniería o
derechos de usos de dichas instalaciones, serán determinados por el Coordinador, debiendo
reliquidarse los pagos que se efectúen conforme lo dispuesto en el referido artículo una vez
fijadas las tarifas por parte del Ministerio de Energía.
4. Que, la Comisión mediante el oficio CNE Of. Ord. Nº 172, de fecha 9 de marzo de 2020,
remitió al Ministerio de Energía la resolución exenta Nº 74, de fecha 9 de marzo de 2020, de la
Comisión, que aprueba Informe Técnico Definitivo de Fijación de Cargos de Acceso Abierto a

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