Decreto número 47, de 2022.- Nombra a doña Sylvia Eyzaguirre Tafra en el cargo de consejera académica o profesional de reconocido prestigio en el área de la educación básica, del Consejo Nacional de Educación - 11 de Octubre de 2022 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 912401109

Decreto número 47, de 2022.- Nombra a doña Sylvia Eyzaguirre Tafra en el cargo de consejera académica o profesional de reconocido prestigio en el área de la educación básica, del Consejo Nacional de Educación

Fecha de publicación11 Octubre 2022
Número de registroCVE-2198570
SecciónNormas Generales
EmisorMINISTERIO DE EDUCACIÓN
Número de Gaceta43.373
CVE 2198570 |Director Interino: Jaime Sepúlveda O.
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 43.373 | Martes 11 de Octubre de 2022 | Página 1 de 2
Normas Generales
CVE 2198570
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Subsecretaría de Educación
NOMBRA A DOÑA SYLVIA EYZAGUIRRE TAFRA EN EL CARGO DE CONSEJERA
ACADÉMICA O PROFESIONAL DE RECONOCIDO PRESTIGIO EN EL ÁREA DE
LA EDUCACIÓN BÁSICA, DEL CONSEJO NACIONAL DE EDUCACIÓN
Núm. 47.- Santiago, 7 de febrero de 2022.
Visto:
Lo dispuesto en los artículos 32 N° 10 y 35 del decreto N° 100, de 2005, que fija el texto
refundido, coordinado y sistematizado de la Constitución Política de la República de Chile; en
los artículos 4, 14 y 16 del DFL N° 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija texto
refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo; en la
ley N° 18.956, que Reestructura el Ministerio de Educación Pública; en la Ley de Presupuestos
del Sector Público vigente; en el DFL N° 1-19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de
la Presidencia, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575,
Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en el decreto con
fuerza de ley N° 2, de 2009, del Ministerio de Educación, que fija texto refundido, coordinado y
sistematizado de la ley N° 20.370 con las normas no derogadas del decreto con fuerza de ley N°
1, de 2005; en el artículo cuadragésimo octavo y siguientes de la ley N° 19.882, que Regula
Nueva Política de Personal a los Funcionarios Públicos que indica; en el decreto supremo N° 70,
de 2010, del Ministerio de Educación, que aprueba el Reglamento para la designación de
integrantes del Consejo Nacional de Educación; en el decreto N° 461, de 2015, del Ministerio de
Educación; en la resolución exenta N° PIN-RE-00838-2020, de 25 de agosto de 2020, del
Servicio Civil; en la resolución exenta N° PIN-RE-00895-2020, de 4 de septiembre de 2020, del
Servicio Civil; en el of. res. N° 79, de 19 de noviembre de 2020, del Presidente del Consejo de
Alta Dirección Pública; en el oficio Gab. Pres. N° 1799, de 21 de diciembre de 2021, del
Presidente de la República; en el Certificado del Senado, de fecha 27 de enero de 2022, del
Secretario General del Senado; en el oficio ordinario N° PIN-OO-00071-2022, de 4 de febrero de
2022, y sus antecedentes, del Director Nacional (S) Servicio Civil, y en las resoluciones N° 6 y
N° 7 de 2019, de la Contraloría General de la República, que Fija normas sobre Exención del
Trámite de Toma de Razón.
Considerando:
Que, el artículo 85 del decreto con fuerza de ley N° 2, de 2009, del Ministerio de
Educación, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 20.370 con las
normas no derogadas del decreto con fuerza de ley N° 1, de 2005, crea el Consejo Nacional de
Educación.
Que, el artículo 89, letra c) del citado DFL, consagra que el Presidente de la República
designará a cuatro académicos o profesionales de reconocido prestigio propuestos por el
Presidente de la República para ser ratificado en el Senado por los dos tercios de los senadores en
una votación, debiendo, al menos, tres de ellos contar con un reconocido prestigio en el área de
la educación parvularia, básica o media, correspondiendo uno a cada nivel.
Que, mediante decreto N° 461 de 16 de octubre de 2015, del Ministerio de Educación, se
nombró a la Consejera Académica o Profesional de reconocido prestigio en el área de la
Educación Básica, del Consejo Nacional de Educación.

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