Decreto número 43, de 2023.- Nombra a don Felipe Bernardo Rojas Pizarro en el cargo de Secretario Regional Ministerial de Economía, Fomento y Turismo de la Región de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo - 12 de Octubre de 2023 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 947414920

Decreto número 43, de 2023.- Nombra a don Felipe Bernardo Rojas Pizarro en el cargo de Secretario Regional Ministerial de Economía, Fomento y Turismo de la Región de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo

Número de registroCVE-2388634
Fecha de publicación12 Octubre 2023
SecciónNormas Generales
EmisorMINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
Número de Gaceta43.674
CVE 2388634 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 43.674 | Jueves 12 de Octubre de 2023 | Página 1 de 2
Normas Generales
CVE 2388634
MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
Subsecretaría de Economía y Empresas de Menor Tamaño
NOMBRA SECRETARIO REGIONAL MINISTERIAL DE ECONOMÍA, FOMENTO Y
TURISMO DE LA REGIÓN DE AYSÉN DEL GENERAL CARLOS IBÁÑEZ DEL
CAMPO
Núm. 43.- Santiago, 28 de abril de 2023.
Visto:
Lo dispuesto en los artículos 32 N° 10 y 35 del decreto supremo N° 100, de 2005, del
Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y
sistematizado de la Constitución Política de la República; en el artículo 26 del decreto con fuerza
de ley N° 1-19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto
refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases
Generales de la Administración del Estado; en el artículo 2 letra k) y 62 del decreto con fuerza de
ley N° 1-19.175, de 2005, del Ministerio del Interior, que fija el texto refundido, coordinado,
sistematizado y actualizado de la Ley N° 19.175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y
Administración Regional; en el decreto con fuerza de ley N° 29, de 2004, del Ministerio de
Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.834, sobre
Estatuto Administrativo; la ley N° 19.185, que reajusta remuneraciones del sector público,
concede aguinaldo de navidad y dicta otras normas de carácter pecuniario; en la ley N° 21.516,
ley de Presupuesto de Ingresos y Gastos del Sector Público para el año 2023; en la ley N°
20.955, que perfecciona el sistema de Alta Dirección Pública y fortalece la Dirección Nacional
del Servicio Civil; el decreto con fuerza de ley N° 1-18.834, de 1990, del entonces Ministerio de
Economía, Fomento y Reconstrucción; en el decreto con fuerza de ley N° 61, de 1990, del
Ministerio del Interior; en los decretos supremos N° 45 de 2022 y N° 3 de 2023, ambos del
Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, y en las resoluciones N° 6, de 2019, y N° 2, de
2022, ambas de la Contraloría General de la República.
Considerando:
1. Que, los Ministerios se desconcentran territorialmente mediante Secretarías Regionales
Ministeriales, las que en cada región del país están a cargo de un Secretario/a Regional
Ministerial, quien es el representante del Ministerio en la región y colaborador directo del/la
Delegado/a Presidencial Regional.
2. Que, mediante decreto supremo N° 45, de 2022, de este Ministerio, se nombró Secretaria
Regional Ministerial de Economía, Fomento y Turismo, de la Región de Aysén del General
Carlos Ibáñez del Campo, a Rosa Nicol Machacan Navarrete.
3. Que, Rosa Nicol Machacan Navarrete presentó su renuncia voluntaria al cargo aludido en
el considerando precedente, la que se hizo efectiva a contar del 2 de enero de 2023, según consta
en el decreto supremo N° 3, de 9 de enero de 2023, del Ministerio de Economía, Fomento y
Turismo, quedando en consecuencia el cargo vacante a contar de esa fecha.
4. Que, el cargo que se provee por intermedio del presente decreto supremo es de exclusiva
confianza de S.E. el Presidente de la República y es nombrado de entre las personas que figuren
en la terna elaborada al efecto por el Delegado Presidencial Regional, oyendo al Ministro del
ramo, de conformidad con el artículo 7 letra b) del Estatuto Administrativo y el artículo 62 de la
Ley N° 19.175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional.
5. Que, mediante oficio reservado N° 201, de 27 de abril de 2023, del Delegado
Presidencial Regional de Aysén, se remitió terna con los nombres de las personas propuestas

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