Decreto número 4, de 2023.- Aprueba reglamento de proyectos de reducción de emisiones de contaminantes para compensar emisiones gravadas conforme a lo dispuesto en el artículo 8º de la ley Nº 20.780
Número de registro | CVE-2383872 |
Fecha de publicación | 29 Septiembre 2023 |
Sección | Normas Generales |
Emisor | MINISTERIO DEL MEDIO AMBIENTE |
Número de Gaceta | 43.664 |
CVE 2383872 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 43.664 | Viernes 29 de Septiembre de 2023 | Página 1 de 11
Normas Generales
CVE 2383872
MINISTERIO DEL MEDIO AMBIENTE
APRUEBA REGLAMENTO DE PROYECTOS DE REDUCCIÓN DE EMISIONES DE
CONTAMINANTES PARA COMPENSAR EMISIONES GRAVADAS CONFORME A
LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 8º DE LA LEY Nº 20.780
Núm. 4.- Santiago, 25 de enero de 2023.
Vistos:
Medio Ambiente; en la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la
Administración del Estado; la ley Nº 19.880, que establece las Bases de los Procedimientos
Administrativos que Rigen los Actos de los órganos de la Administración del Estado; en el
artículo 8º de la ley Nº 20.780 que establece Reforma tributaria que modifica el sistema de
tributación de la renta e introduce diversos ajustes en el sistema tributario, modificado por la ley
Nº 21.210 que Moderniza la legislación tributaria; el Acta de la Sesión Ordinaria Nº 6, de 2022,
del Consejo de Ministros para la Sustentabilidad; la resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría
General de la República, que fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón; y,
Considerando:
1.- Que, con fecha 29 de septiembre de 2014 se publicó en el Diario Oficial la ley Nº
20.780, que establece Reforma tributaria que modifica el sistema de tributación de la renta e
introduce diversos ajustes en el sistema tributario.
2.- Que, el 8 de febrero de 2016 se publicó en el Diario Oficial la ley Nº 20.899, que
simplifica el sistema de tributación a la renta y perfecciona otras disposiciones legales tributarias,
modificando en parte el artículo 8º de la ley Nº 20.780.
3.- Que, el 24 de febrero de 2020 se publicó en el Diario Oficial la ley Nº 21.210 que
moderniza la Legislación Tributaria modificando el artículo 8º de la ley Nº 20.780.
4.- Que, el artículo 8º de la ley Nº 20.780, establece un impuesto anual a beneficio fiscal que
gravará las emisiones al aire de material particulado (MP), óxidos de nitrógeno (NOx), dióxido
de azufre (SO2) y dióxido de carbono (CO2), producidas por establecimientos cuyas fuentes
emisoras, individualmente o en su conjunto, emitan 100 o más toneladas anuales de material
particulado (MP), o 25.000 o más toneladas anuales de dióxido de carbono (CO2).
5.- Que, el inciso vigésimo sexto del artículo 8º de la ley Nº 20.780, establece que el
Ministerio del Medio Ambiente debe, mediante reglamento, establecer la forma y antecedentes
requeridos para acreditar las características necesarias para la procedencia de los proyectos de
reducción de emisiones, el procedimiento para presentar la solicitud y los antecedentes que se
deberán acompañar a la misma.
6.- Que, el inciso vigésimo séptimo del artículo 8º de la ley Nº 20.780, establece que el
Ministerio del Medio Ambiente debe, mediante reglamento, establecer los procedimientos de
certificación, los requisitos mínimos para que un auditor forme parte del registro que llevará al
efecto y las atribuciones de los auditores registrados.
7.- Que, por ende, mediante el presente acto se establecen las obligaciones y procedimientos
relativos a la evaluación, verificación y certificación de proyectos de reducción de emisiones de
contaminantes para compensar emisiones gravadas conforme a lo dispuesto en el artículo 8º de la
ley Nº 20.780, modificado por la ley Nº 21.210.
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