Decreto número 4, de 2021.- Aprueba Plan de Recuperación, Conservación y Gestión del Huemul (Hippocamelus bisulcus) en la zona Los Nevados de Chillán - 16 de Febrero de 2022 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 896654526

Decreto número 4, de 2021.- Aprueba Plan de Recuperación, Conservación y Gestión del Huemul (Hippocamelus bisulcus) en la zona Los Nevados de Chillán

Fecha de publicación16 Febrero 2022
Número de registroCVE-2085729
SecciónNormas Generales
EmisorMINISTERIO DEL MEDIO AMBIENTE
Número de Gaceta43.180
CVE 2085729 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 43.180 | Miércoles 16 de Febrero de 2022 | Página 1 de 23
Normas Generales
CVE 2085729
MINISTERIO DEL MEDIO AMBIENTE
APRUEBA PLAN DE RECUPERACIÓN, CONSERVACIÓN
Y GESTIÓN DEL HUEMUL (HIPPOCAMELUS BISULCUS) EN LA ZONA LOS
NEVADOS DE CHILLÁN
Núm. 4.- Santiago, 29 de enero de 2021.
Vistos:
Lo dispuesto en los artículos 19 número 8 y 32 número 6 de la Constitución Política de la
República de Chile; en los artículos 37, 70 letra i), 71 letra f) y 73 de la Ley Nº 19.300, sobre
Bases Generales del Medio Ambiente; en el Convenio sobre Diversidad Biológica, promulgado
como Ley de la República mediante el decreto supremo Nº 1.963, de 1994, del Ministerio de
Relaciones Exteriores; en la Ley Nº 18.575 Orgánica Constitucional de Bases Generales de la
Administración del Estado; en la Ley Nº 19.880 que establece las Bases de los Procedimientos
Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en el
decreto supremo Nº 151, de 2006, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que
oficializa la primera Clasificación de Especies Silvestres según su Estado de Conservación; en el
decreto supremo Nº 1, de 2014, del Ministerio del Medio Ambiente, que aprueba el Reglamento
resolución exenta Nº 730, de 2019, del Ministerio del Medio Ambiente, que da inicio al
procedimiento abreviado para la elaboración del Plan de Recuperación, Conservación y Gestión
del Huemul en Los Nevados de Chillán; en el Acuerdo Nº 10/2020, del Consejo de Ministros
para la Sustentabilidad, adoptado el 26 de junio de 2020; en la resolución Nº 7, de 2019, de la
Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de
razón; y,
Considerando:
1. Que, es deber del Estado tutelar la preservación de la naturaleza, así como velar por la
protección y conservación de la diversidad biológica del país.
2. Que, conforme lo dispone el artículo 70 letra i) de la Ley Nº 19.300, sobre Bases
Generales del Medio Ambiente, es atribución del Ministerio del Medio Ambiente proponer
políticas y formular planes, programas y acciones que establezcan los criterios básicos y las
medidas preventivas para favorecer la recuperación y conservación de los recursos hídricos,
genéticos, la flora, la fauna, los hábitats, los paisajes, ecosistemas y espacios naturales, en
especial los frágiles y degradados, contribuyendo al cumplimiento de los convenios
internacionales de conservación de la biodiversidad.
3. Que, los planes de recuperación, conservación y gestión de especies constituyen un
instrumento administrativo que contiene el conjunto de acciones, medidas y procedimientos que
deberán ejecutarse para recuperar, conservar y manejar especies que hubiesen sido clasificadas
en el marco del Reglamento de Clasificación de Especies Silvestres según Estado de
Conservación, de acuerdo con el artículo 37 de la ley Nº 19.300.
4. Que, actualmente, el huemul (Hippocamelus bisulcus) se encuentra clasificado en
categoría “En Peligro” mediante el decreto supremo Nº 151, de 2006, del Ministerio Secretaría
General de la Presidencia, que oficializa la primera Clasificación de Especies Silvestres según su
Estado de Conservación.
5. Que, adicionalmente, el huemul (Hippocamelus bisulcus) ha sido declarado Monumento
Natural, a través del decreto supremo Nº 2, de 2006, del Ministerio de Agricultura.
DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE
Núm. 43.180 Miércoles 16 de Febrero de 2022 Página 2 de 23
CVE 2085729 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
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Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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6. Que, a su vez, la población del huemul (Hippocamelus bisulcus) ubicada en la zona de
Los Nevados de Chillán, en Chile Central, representa en la actualidad el límite norte de su rango
de distribución. Esta población se encuentra aislada por más de 400 km del resto de la población
más numerosa y estable, al sur del país. Ello implica que la especie en esta zona se encuentre en
serio peligro de extinción, debido a su reducido tamaño y a la alta fragmentación de su
población, lo que implica una importante limitante en el aumento de su tamaño.
7. Que, la condición de vulnerabilidad y aislamiento que presenta la población del huemul
(Hippocamelus bisulcus) en la zona de Los Nevados de Chillán lleva a la necesidad de que las
acciones para disminuir sus amenazas y asegurar su conservación, deban planificarse en forma
específica.
8. Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 19 del decreto supremo Nº 1, de
2014, del Ministerio del Medio Ambiente, la propuesta final de los planes de recuperación,
conservación y gestión de especies será sometida al pronunciamiento del Consejo de Ministros
para la Sustentabilidad.
9. Que, por Acuerdo Nº 10/2020, adoptado el 26 de junio de 2020, el Consejo de Ministros
para la Sustentabilidad se pronunció favorablemente respecto de la propuesta final del Plan de
Recuperación, Conservación y Gestión del Huemul (Hippocamelus bisulcus) en la zona de Los
Nevados de Chillán.
10. Que, la referida propuesta del Plan de Recuperación, Conservación y Gestión del
Huemul (Hippocamelus bisulcus) en la zona de Los Nevados de Chillán fue elaborada en
conformidad con los criterios y siguiendo el procedimiento previsto al efecto en el decreto
supremo Nº 1, de 2014, del Ministerio del Medio Ambiente, que aprueba el Reglamento para la
Decreto:
Apruébase el siguiente Plan de Recuperación, Conservación y Gestión del Huemul
(Hippocamelus bisulcus) en la zona de Los Nevados de Chillán:
PLAN DE RECUPERACIÓN, CONSERVACIÓN Y GESTIÓN DEL HUEMUL EN LA ZONA
DE LOS NEVADOS DE CHILLÁN
Región Biobío y Ñuble
Instrumento administrativo que contiene el conjunto de metas, objetivos y acciones que deberán
ejecutarse para recuperar, conservar y gestionar al huemul (Hippocamelus bisulcus) en la zona
Nevados de Chillán.
2019
ÍNDICE
1. INTRODUCCIÓN
1.1. CONTEXTO DE SU CONSERVACIÓN
2. METODOLOGÍA DE ELABORACIÓN DEL PLAN
2.1. GRUPO DE ELABORACIÓN
2.2. PARTICIPACIÓN CIUDADANA
3. ANTECEDENTES GENERALES DEL HUEMUL
3.1. DESCRIPCIÓN DE LA ESPECIE
3.2. DISTRIBUCIÓN Y DEMOGRAFÍA
3.3. ACCIONES DE CONSERVACIÓN A LA FECHA
3.4. ESTADO DE CONSERVACIÓN
3.5. ÁREA DE OCUPACIÓN Y EXTENSIÓN DE LA PRESENCIA13

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