Decreto número 396, de 2022.- Prorroga declaración de estado de latencia en el territorio especial de Isla de Pascua - 10 de Marzo de 2023 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 924509205

Decreto número 396, de 2022.- Prorroga declaración de estado de latencia en el territorio especial de Isla de Pascua

Fecha de publicación10 Marzo 2023
Número de registroCVE-2284380
SecciónNormas Generales
EmisorMINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA
Número de Gaceta43.498
CVE 2284380 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 43.498 | Viernes 10 de Marzo de 2023 | Página 1 de 2
Normas Generales
CVE 2284380
MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA
Subsecretaría del Interior
PRORROGA DECLARACIÓN DE ESTADO DE LATENCIA EN EL TERRITORIO
ESPECIAL DE ISLA DE PASCUA
Núm. 396.- Santiago, 30 de diciembre de 2022.
Vistos:
Lo dispuesto en el artículo 326 de la Constitución Política de la República de Chile; en
la ley N° 19.253, que establece normas sobre protección, fomento y desarrollo de los indígenas,
y crea la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena; en la ley N° 19.300, sobre Bases
Generales del Medio Ambiente; en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del
Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y
sistematizado de la Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del
Estado; en la ley N° 20.193, de Reforma Constitucional que Establece los Territorios Especiales
de Isla de Pascua y Archipiélago Juan Fernández; en la ley N° 20.502, que crea el Ministerio del
Interior y Seguridad Pública y el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del
Consumo de Drogas y Alcohol, y modifica diversos cuerpos legales; en la ley N° 20.573, de
Reforma Constitucional sobre territorios especiales de Isla de Pascua y Archipiélago Juan
Fernández; en la ley N° 21.070, que regula el ejercicio de los derechos a residir, permanecer y
trasladarse hacia y desde el territorio especial de Isla de Pascua; en la resolución N° 7, de 2019,
de Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de
razón; en el decreto N° 1.120, de 2018, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública que
Establece la Capacidad de Carga Demográfica del Territorio Especial de Isla de Pascua; en el
decreto N° 1.428, de 2018, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que declara estado de
latencia en el territorio especial de Isla de Pascua; en los decretos N° 81 y N° 657 de 2020 y N°
169, de 2022, todos del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que prorrogan el estado de
latencia de Rapa Nui, y el Oficio Ordinario N° 494, de 2022, de la Delegación Presidencial
Provincial de Isla de Pascua.
Considerando:
1. Que, a través de la ley N° 20.193 se aprobó la reforma constitucional que establece los
territorios especiales de Isla de Pascua y Archipiélago de Juan Fernández y, a través de la ley N°
20.573, se incorpora el actual inciso segundo al artículo N° 126 bis de la Constitución Política de
la República de Chile.
2. Que, el artículo 198 de la Constitución Política de la República, establece el derecho
constitucional a vivir en un medio ambiente libre de contaminación, así como el deber estatal de
velar para que dicho derecho no sea afectado, de tutelar la preservación de la naturaleza, la
protección y conservación de la diversidad biológica del país habilitando al legislador a
establecer restricciones específicas al ejercicio de determinados derechos o libertades para
proteger el medio ambiente.
3. Que, con fecha 23 de marzo de 2018 se publicó en el Diario Oficial la ley N° 21.070, que
regula el ejercicio de los derechos a residir, permanecer y trasladarse desde y hacia el territorio
especial de Isla de Pascua.
4. Que, conforme a lo establecido en el artículo 11 de la ley N° 21.070, a través del decreto
supremo N° 1.120, de 2018, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, se establece la
capacidad de carga demográfica del territorio especial de Isla de Pascua.

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