Decreto número 376, de 2018.- Aprueba Reglamento sobre Formación para el Desarrollo Profesional y Proceso de Acompañamiento Profesional Local - 4 de Enero de 2022 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 881878106

Decreto número 376, de 2018.- Aprueba Reglamento sobre Formación para el Desarrollo Profesional y Proceso de Acompañamiento Profesional Local

Número de registroCVE-2065917
Fecha de publicación04 Enero 2022
SecciónNormas Generales
EmisorMINISTERIO DE EDUCACIÓN
Número de Gaceta43.143
CVE 2065917 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 43.143 | Martes 4 de Enero de 2022 | Página 1 de 14
Normas Generales
CVE 2065917
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Subsecretaría de Educación
APRUEBA REGLAMENTO SOBRE FORMACIÓN PARA EL DESARROLLO
PROFESIONAL Y PROCESO DE ACOMPAÑAMIENTO PROFESIONAL LOCAL
Núm. 376.- Santiago, 20 de noviembre de 2018.
Visto:
establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la
Administración del Estado; en la ley Nº 18.956, que reestructura el Ministerio de Educación
Pública; en el decreto ley Nº 3.166, de 1980, que autoriza entrega de la administración de
determinados establecimientos de educación técnico profesional a las instituciones o a las
personas jurídicas que indica; en la ley Nº 20.248, que establece Ley de Subvención Escolar
Preferencial; en la ley Nº 20.529, sobre Sistema Nacional de Aseguramiento de la Calidad de la
Educación Parvularia, Básica y Media y su fiscalización; en el decreto con fuerza de ley Nº 1, de
1996, del Ministerio de Educación, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley
Nº 19.070, que aprobó el Estatuto de los Profesionales de la Educación, y de las leyes que la
complementan y modifican; en el decreto con fuerza de ley Nº 2, de 1998, del Ministerio de
Educación, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto con fuerza de ley Nº
2, de 1996, sobre subvención del Estado a establecimientos educacionales; en el decreto con
fuerza de ley Nº 24, de 2017, del Ministerio de Educación, que establece el proceso de inducción
y mentoría y el sistema de desarrollo profesional docente aplicable a los profesionales que
cumplan funciones de dirección pedagógica en los establecimientos de educación parvularia de
la Junta Nacional de Jardines Infantiles y regula otras materias a que se refiere el artículo
cuadragésimo quinto transitorio de la ley Nº 20.903; en el decreto Nº 453, de 1991, que aprueba
401, de 2017, del Ministerio de Educación, sobre Certificación y Registro Público de acciones
formativas; en el oficio ordinario Nº 233, de 2018, de la Agencia de Calidad de la Educación; en
el oficio ordinario Nº 7/2793, de la División Jurídica del Ministerio de Educación; en las
resoluciones Nº 30, de 2015 y Nº 7, de 2019, ambas de la Contraloría General de la República; y,
Considerando:
1º Que, el decreto con fuerza de ley Nº 1, de 1996, del Ministerio de Educación, en adelante
"el Estatuto", reguló la formación para el desarrollo profesional, también denominado
"formación en servicio de calidad", y el proceso de acompañamiento profesional local;
2º Que, los profesionales de la educación tienen derecho a formación gratuita y pertinente
para su desarrollo profesional y la mejora continua de sus saberes y competencias pedagógicas,
siendo responsables de su avance en el desarrollo profesional;
3º Que, los establecimientos educacionales deben asegurar a sus profesionales de la
educación una formación en servicio de calidad, teniendo como una de sus labores prioritarias el
desarrollo de las competencias profesionales de sus equipos docentes;
4º Que, el Proceso de Acompañamiento Profesional Local tiene por objeto establecer
lineamientos para que los establecimientos educacionales puedan instaurar procesos de mejora
continua en sus profesionales de la educación;
5º Que, dicho Proceso, se compone de los subprocesos de Formación Local para el
Desarrollo Profesional y el Subproceso de Inducción para el ejercicio profesional docente;

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