Decreto número 362, de 2018.- Contrata a don Jorge Canelas Ugalde como Agregado, para que preste funciones en el área de prensa en la Embajada de Chile en Estados Unidos - 8 de Julio de 2022 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 907227453

Decreto número 362, de 2018.- Contrata a don Jorge Canelas Ugalde como Agregado, para que preste funciones en el área de prensa en la Embajada de Chile en Estados Unidos

Fecha de publicación08 Julio 2022
Número de registroCVE-2152364
SecciónNormas Generales
EmisorMINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Número de Gaceta43.297
CVE 2152364 |Director Interino: Jaime Sepúlveda O.
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 43.297 | Viernes 8 de Julio de 2022 | Página 1 de 2
Normas Generales
CVE 2152364
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Subsecretaría de Relaciones Exteriores
CONTRATA A DON JORGE CANELAS UGALDE COMO AGREGADO, PARA QUE
PRESTE FUNCIONES EN EL ÁREA DE PRENSA EN LA EMBAJADA DE CHILE EN
ESTADOS UNIDOS
Núm. 362.- Santiago, 28 de diciembre de 2018.
Vistos:
La ley N° 21.080 que modifica diversos cuerpos legales con el objeto de modernizar el
Ministerio de Relaciones Exteriores; el DFL N° 29 de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija
el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.834 sobre Estatuto
Administrativo; la ley N° 21.125 sobre Presupuesto para el Sector Público año 2019; el DFL N°
33 de 1979, del Ministerio de Relaciones Exteriores; el decreto N° 2.154 de 1997, y las
resoluciones N°s. 1.600 de 2008 y 10 de 2017, ambas de la Contraloría General de la República.
Considerando:
1. Que, de acuerdo lo establecido en el artículo 5° del DFL N° 33 de 1979, del Ministerio de
Relaciones Exteriores, el Presidente de la República puede asignar agregados a contrata para que
se desempeñen en las Misiones de Chile en el exterior, según lo requieran las necesidades del
Servicio. El citado artículo dispone además que el Presidente de la República puede exceptuar,
en casos calificados, los requisitos de ingreso a que se refiere el artículo 12 del DFL N° 33.
2. Que, de acuerdo a lo señalado por el Estatuto Administrativo, el empleo a contrata es
aquel de carácter transitorio que se consulta en la dotación de una institución y cuya provisión se
realiza mediante el nombramiento de la persona por la autoridad competente, rigiendo desde la
fecha indicada en el respectivo decreto o resolución o desde cuando éste quede totalmente
tramitado por la Contraloría General de la República.
3. Que, se estima necesario que el señor Jorge Canelas Ugalde (RUN N° 5.282.237-8)
concurra a la Embajada de Chile en Estados Unidos de América como Agregado Presidencial,
prestando asesoría en el área de prensa.
Decreto:
1. Contrátese al señor Jorge Canelas Ugalde (RUN N° 5.282.237-8), a contar del 16 de
enero de 2019, y mientras sean necesarios sus servicios, siempre que no excedan del 31 de
diciembre de 2019, como Agregado, asimilado a 4ª Categoría Exterior, para que preste funciones
en el área de prensa en la Embajada de Chile en Estados Unidos.
2. El Ministerio de Relaciones Exteriores podrá poner término anticipado al presente
contrato, si los servicios de la persona indicada dejan de ser necesarios.
3. Por razones impostergables de buen servicio, la persona antes individualizada, asumirá
sus funciones en la fecha señalada, sin esperar la total tramitación del presente decreto.
4. Exceptúese al señor Canelas Ugalde del cumplimiento del requisito de ingreso
establecido en la letra d) del artículo 12 del DFL N° 33 antes citado, en razón a su Currícuum
Vitae.
5. Establézcase que el señor Canelas Ugalde tendrá derecho a pasajes, para él y su grupo
familiar, asignación de traslado de menaje de casa y efectos personales, y asignación de
establecimiento, todo de conformidad con lo establecido en el DFL N° 33 antes citado. Las

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