Decreto número 31, de 2023.- Declara zona de escasez hídrica a las comunas de Timaukel, Porvenir, Torres del Paine, Laguna Blanca, Río Verde y San Gregorio, Región de Magallanes y la Antártica Chilena - 29 de Marzo de 2023 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 927263298

Decreto número 31, de 2023.- Declara zona de escasez hídrica a las comunas de Timaukel, Porvenir, Torres del Paine, Laguna Blanca, Río Verde y San Gregorio, Región de Magallanes y la Antártica Chilena

Fecha de publicación29 Marzo 2023
Número de registroCVE-2291882
SecciónNormas Generales
EmisorMINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
Número de Gaceta43.514
CVE 2291882 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 43.514 | Miércoles 29 de Marzo de 2023 | Página 1 de 3
Normas Generales
CVE 2291882
MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
DECLARA ZONA DE ESCASEZ HÍDRICA A LAS COMUNAS DE TIMAUKEL,
PORVENIR, TORRES DEL PAINE, LAGUNA BLANCA, RÍO VERDE Y SAN
GREGORIO, REGIÓN DE MAGALLANES Y LA ANTÁRTICA CHILENA
Núm. 31.- Santiago, 23 de febrero de 2023.
Vistos:
1. El informe técnico N° 1, denominado "Informe condiciones Hidrometeorológicas, Región
de Magallanes y la Antártida Chilena", de 1 de febrero de 2023, de la División de Hidrología de
la Dirección General de Aguas;
2. El oficio ord. N° 139, de 3 de febrero de 2023, de la Delegada Presidencial Regional de
Magallanes y la Antártica Chilena;
3. El memorándum N° 9, de 9 de febrero de 2023, de la Dirección General de Aguas de la
Región de Magallanes y la Antártica Chilena;
4. El oficio ord. DGA N° 83, de 10 de febrero de 2023, del Director General de Aguas;
5. El decreto supremo N° 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia
que faculta a los Ministros de Estado para firmar "Por orden del Presidente de la República";
6. La resolución DGA N° 1.331, que deja sin efecto la resolución DGA N° 1.674, de 12 de
junio de 2012 y establece criterios que determinan el carácter de severa sequía, de conformidad a
lo dispuesto en el artículo 314 del Código de Aguas, de 7 de junio de 2022;
7. Las facultades que me concede el artículo 314 del Código de Aguas;
8. La atribución que me concede el artículo 111, inciso cuarto, del Decreto con Fuerza de
ley N° 850, de 1997, del Ministerio de Obras Públicas, que fija el texto refundido, coordinado y
sistematizado de la ley N° 15.840, de 1964 y del DFL N° 206, de 1960; y,
Considerando:
1. Que, el informe técnico N° 1, denominado "Informe condiciones Hidrometeorológicas,
Región de Magallanes y la Antártida Chilena", de 1 de febrero de 2023, de la División de
Hidrología de la Dirección General de Aguas indica que en las comunas de Timaukel, Porvenir,
Torres del Paine, Laguna Blanca, Río Verde y San Gregorio, de la Región de Magallanes y la
Antártica Chilena, se verifica la condición de severa sequía establecida en el Resuelvo 4.d) de la
resolución DGA N° 1.331, de 2022.
2. Que, por medio del oficio ord. N° 139, de 3 de febrero de 2023, de la Delegada
Presidencial Regional de Magallanes y la Antártica Chilena, solicitó se decrete zona de escasez
hídrica a las comunas de Timaukel, Porvenir, Torres del Paine, Laguna Blanca, Río Verde y San
Gregorio, en la Región de Magallanes y la Antártica Chilena, en atención a la actual situación
hídrica que afecta a dichos territorios.
3. Que, en efecto, se constató que los indicadores de sequía ICE (índice estandarizado de
caudales) e IPE (índice estandarizado de precipitaciones) son inferiores al umbral definido.
4. Que, en atención a lo señalado, y con el objeto de implementar medidas extraordinarias,
que contribuyan a superar la escasez del recurso, se requiere la dictación de un decreto de
escasez hídrica en las comunas de Timaukel, Porvenir, Torres del Paine, Laguna Blanca, Río
Verde y San Gregorio, en la Región de Magallanes y la Antártica Chilena.
5. Que, el Director General de Aguas mediante el oficio ord. DGA N° 83, de 10 de febrero
de 2023, solicitó se declare zona de escasez hídrica a las comunas señaladas.
6. Que, el artículo 314 inciso del Código de Aguas, dispone que el Presidente de la
República, a petición y con informe de la Dirección General de Aguas, podrá declarar zonas de

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