Decreto número 3, de 2020.- Aprueba reglamento que determina la estructura interna del Ministerio de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación - 19 de Noviembre de 2020 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 852216909

Decreto número 3, de 2020.- Aprueba reglamento que determina la estructura interna del Ministerio de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación

Número de registroCVE-1849445
Fecha de publicación19 Noviembre 2020
SecciónNormas Generales
EmisorMINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA, CONOCIMIENTO E INNOVACIÓN
Número de Gaceta42.809
CVE 1849445 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 42.809 | Jueves 19 de Noviembre de 2020 | Página 1 de 7
Normas Generales
CVE 1849445
MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA, CONOCIMIENTO E INNOVACIÓN
APRUEBA REGLAMENTO QUE DETERMINA LA ESTRUCTURA INTERNA
DEL MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA, CONOCIMIENTO E INNOVACIÓN
Núm. 3.- Santiago, 30 de marzo de 2020.
Visto:
Lo dispuesto en el artículo 32, N° 6, de la Constitución Política de la República; en el
artículo 6° de la ley N° 21.105, que crea el Ministerio de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e
Innovación; en el decreto con fuerza de ley N° 5, de 2019, del Ministerio de Educación, que fija
Planta de Personal de la Subsecretaría de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación y
regula otras materias a las que se refiere el artículo noveno transitorio de la ley N° 21.105; en el
artículo 27 del decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General
de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575,
Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; y en la resolución
N° 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del
trámite de toma de razón, y
Considerando:
1.- Que, el artículo 6° de la ley N° 21.105 estableció la organización del Ministerio de
Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación, la que considera el Ministro o Ministra de
Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación; el Subsecretario o Subsecretaria de Ciencia,
Tecnología, Conocimiento e Innovación, y a las Secretarías Regionales Ministeriales.
2.- Que, el inciso segundo del artículo 6° de la norma antes referida, establece que un
reglamento determinará la estructura interna del Ministerio de Ciencia, Tecnología,
Conocimiento e Innovación, de conformidad a lo dispuesto en la ley N° 18.575, cuyo texto
refundido, coordinado y sistematizado fue fijado en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de
2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, debiendo para estos efectos considerar
las unidades funcionales necesarias para el cumplimiento de los objetivos, funciones y
atribuciones del Ministerio, tales como: políticas de ciencia, tecnología e innovación de base
científico-tecnológica, coordinación intersectorial e interinstitucional; estudios, prospectiva,
estadísticas e indicadores, y difusión y cultura de ciencia, tecnología e innovación de base
científico-tecnológica, y equidad de género.
3.- Que, con ocasión de lo anterior, resulta necesario dictar el presente decreto supremo, por
medio del cual se aprueba el reglamento que determina la estructura interna del Ministerio de
Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación.
Decreto:
Artículo único : Apruébase el "Reglamento que determina la estructura interna del
Ministerio de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación", cuyo texto es el siguiente:
TÍTULO I
Normas Generales
Artículo 1°.- El Ministerio de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación, en adelante
también el "Ministerio", es la Secretaría de Estado encargada de asesorar y colaborar con el
Presidente o la Presidenta de la República en el diseño, formulación, coordinación,

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