Decreto número 266, de 2020.- Autoriza el otorgamiento de la Gratificación Especial de Protección de Autoridades al Personal de Carabineros de Chile que indica - 3 de Septiembre de 2020 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 852424481

Decreto número 266, de 2020.- Autoriza el otorgamiento de la Gratificación Especial de Protección de Autoridades al Personal de Carabineros de Chile que indica

Número de registroCVE-1810234
Fecha de publicación03 Septiembre 2020
SecciónNormas Generales
EmisorMINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA
Número de Gaceta42.747
CVE 1810234 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl
DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 42.747 | Jueves 3 de Septiembre de 2020 | Página 1 de 2
Normas Generales
CVE 1810234
MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA
Subsecretaría del Interior
AUTORIZA EL OTORGAMIENTO DE LA GRATIFICACIÓN ESPECIAL DE
PROTECCIÓN DE AUTORIDADES, AL PERSONAL DE CARABINEROS DE CHILE
QUE INDICA
Núm. 266.- Santiago, 10 de junio de 2020.
Visto:
Lo dispuesto en los artículos 3°, inciso sexto, y 33, inciso primero, de la Ley N° 18.961,
Orgánica Constitucional de Carabineros de Chile; en la Ley N° 19.880, que Establece Bases de
los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del
Estado; en la Ley N° 20.502, que crea el Ministerio del Interior y Seguridad Pública y el Servicio
Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, y modifica
diversos cuerpos legales; en la Ley N° 21.192, de Presupuestos del Sector Público para el año
2020; en el artículo 51°, letra g), del decreto N° 412, de 1991, del Ministerio de Defensa
Nacional, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado del Estatuto del Personal de
Carabineros de Chile; en el decreto N° 9, de 2019, del Ministerio del Interior y Seguridad
Pública, que autorizó el otorgamiento de la Gratificación Especial de Protección de Autoridades,
al Personal de Carabineros de Chile que indica; y en la resolución N° 6, de 2019, de la
Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de
razón, de las materias de personal que se indican.
Considerando:
a) Que, según el inciso primero, del artículo 33, de la Ley N° 18.961, Orgánica
Constitucional de Carabineros de Chile, "(e)l personal de Carabineros tiene derecho, como
retribución por sus servicios, al sueldo asignado al grado de su empleo y demás remuneraciones
adicionales, asignaciones, bonificaciones, gratificaciones y estipendios de carácter general o
especial que correspondan";
b) Que, dentro de las gratificaciones especiales a que puede tener derecho el personal de
Carabineros de Chile, se encuentra la denominada Gratificación Especial de Protección de
Autoridades, consagrada en el artículo 51°, letra g) del decreto N° 412, de 1991, del Ministerio
de Defensa Nacional, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado del Estatuto del
Personal de Carabineros de Chile, el cual señala lo siguiente:
"Artículo 51°.- El personal también tendrá derecho a percibir las siguientes gratificaciones
especiales:
g) De Protección de Autoridades:
El personal de fila de Orden y Seguridad que, siendo de dotación del Grupo Guardia de
Palacio, del Grupo Escolta Presidencial, del Departamento Seguridad Presidencial y del
Departamento Protección Personas Importantes (PPI), cumpla efectivamente servicios de
conformidad con lo dispuesto en el inciso sexto del artículo 3° de la ley N°18.961, orgánica
constitucional de Carabineros de Chile, podrá percibir una gratificación especial equivalente al
20 por ciento del sueldo base más la diferencia por goce de sueldos superiores.
El pago de la presente gratificación se materializará a través de un decreto anual del
Ministerio del Interior y Seguridad Pública, expedido bajo la fórmula "Por orden del Presidente

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR