Decreto número 26, de 2020.- Aprueba Programa Ejecutivo de Cooperación Cultural entre el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio de Chile y el Ministerio de Cultura de la República Argentina para los años 2019-2021, suscrito en la ciudad de Santiago, Chile, el 22 de agosto de 2018 - 12 de Noviembre de 2020 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 852217056

Decreto número 26, de 2020.- Aprueba Programa Ejecutivo de Cooperación Cultural entre el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio de Chile y el Ministerio de Cultura de la República Argentina para los años 2019-2021, suscrito en la ciudad de Santiago, Chile, el 22 de agosto de 2018

Fecha de publicación12 Noviembre 2020
Número de registroCVE-1845535
SecciónNormas Generales
EmisorMINISTERIO DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y EL PATRIMONIO
Número de Gaceta42.803
CVE 1845535 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 42.803 | Jueves 12 de Noviembre de 2020 | Página 1 de 4
Normas Generales
CVE 1845535
MINISTERIO DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y EL PATRIMONIO
Subsecretaría de las Culturas y las Artes
APRUEBA "PROGRAMA EJECUTIVO DE COOPERACIÓN CULTURAL ENTRE EL
MINISTERIO DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y EL PATRIMONIO DE CHILE Y
EL MINISTERIO DE CULTURA DE LA REPÚBLICA ARGENTINA PARA LOS AÑOS
2019-2021", SUSCRITO EN LA CIUDAD DE SANTIAGO, CHILE, EL 22 DE AGOSTO
DE 2018
Núm. 26.- Valparaíso, 21 de octubre de 2020.
Visto:
Lo dispuesto en los artículos 32 Nº 6 y 35 de la Constitución Política de la República; en la
ley Nº 19.880, que establece las bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos
de los órganos de la Administración del Estado; en el decreto con fuerza de ley Nº 1/19.653, de
2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado
y sistematizado de la ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la
Administración del Estado; en la ley Nº 21.045, que crea el Ministerio de las Culturas, las Artes
y el Patrimonio; en el decreto supremo Nº 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la
Presidencia, que faculta a los Ministros de Estado para firmar "por orden del Presidente de la
República", y en la resolución Nº 7, de 2019 de la Contraloría General de la República, que fija
normas sobre exención del trámite de toma de razón.
Considerando:
1.- Que, de acuerdo a la ley Nº 21.045, artículos 3 Nº 2, 20 y 27, corresponden
especialmente a este Ministerio las funciones y atribuciones de fomentar el desarrollo de las
industrias y de la economía creativa, contribuyendo en los procesos de inserción en circuitos y
servicios de circulación y difusión, para el surgimiento y fortalecimiento del emprendimiento
creativo tanto a nivel local, regional, nacional e internacional; velar por el cumplimiento de las
convenciones internacionales en materia cultural, artística y patrimonial en que Chile sea parte, y
explorar, establecer y desarrollar vínculos y programas internacionales en materia cultural y
patrimonial, para lo cual deberá coordinarse con el Ministerio de Relaciones
Exteriores, y celebrar convenios con organismos públicos y privados, tanto nacionales como
internacionales, en materias relacionadas con la labor del Ministerio.
2.- Que, el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio de Chile y el Ministerio de
la Cultura de la República de Argentina, en el ámbito del Convenio de Cooperación Cultural
entre el Gobierno de la República de Argentina y del Gobierno de la República de Chile, suscrito
el 10 de abril de 1975, inspirados en el común deseo de promover las relaciones culturales y
teniendo presente el deseo común de ampliar el conocimiento mutuo entre ambos países,
convinieron un Programa que busca promover actividades que aseguren la difusión recíproca del
arte, la cultura y el patrimonio.
3.- Que, en función de lo expuesto, la Ministra de las Culturas, las Artes y el Patrimonio de
Chile y el Ministro de Cultura de la República de Argentina suscribieron en la ciudad de
Santiago, Chile, con fecha 22 de agosto de 2018, el "Programa Ejecutivo de Cooperación
Cultural entre el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio de Chile y el Ministerio de
la Cultura de la República de Argentina para los años 2019-2023", que tiene como objetivo
principal el intercambio cultural entre ambos países.
4.- Que, en atención a lo señalado en los considerandos anteriores, es necesaria la dictación
del respectivo acto administrativo que apruebe el mencionado Programa.

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