Decreto número 25, de 2020.- Declara monumento nacional, bajo la categoría de Monumento Histórico, el Asentamiento Minero San Agustín de Huantajaya, en la comuna de Alto Hospicio, Región de Tarapacá - 17 de Febrero de 2021 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 862030259

Decreto número 25, de 2020.- Declara monumento nacional, bajo la categoría de Monumento Histórico, el Asentamiento Minero San Agustín de Huantajaya, en la comuna de Alto Hospicio, Región de Tarapacá

Número de registroCVE-1896193
Fecha de publicación17 Febrero 2021
SecciónNormas Generales
EmisorMINISTERIO DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y EL PATRIMONIO
Número de Gaceta42.883
CVE 1896193 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 42.883 | Miércoles 17 de Febrero de 2021 | Página 1 de 5
Normas Generales
CVE 1896193
MINISTERIO DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y EL PATRIMONIO
Subsecretaría del Patrimonio Cultural
DECLARA MONUMENTO NACIONAL, BAJO LA CATEGORÍA DE MONUMENTO
HISTÓRICO, EL ASENTAMIENTO MINERO SAN AGUSTÍN DE HUANTAJAYA, EN
LA COMUNA DE ALTO HOSPICIO, REGIÓN DE TARAPACÁ
Núm. 25.- Valparaíso, 23 de diciembre de 2020.
Visto:
Lo dispuesto en los artículos 6, 7, 32 Nº 6 y 35 de la Constitución Política de la República,
cuyo texto fue refundido, coordinado y sistematizado por el decreto supremo Nº 100, de 2005,
del Ministerio Secretaría General de la Presidencia de la República; en el decreto con fuerza de
ley Nº1/19.653, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto
refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº18.575, Orgánica Constitucional de Bases
Generales de la Administración del Estado; en la ley 21.045, de 2017, que Crea el Ministerio de
las Culturas, las Artes y el Patrimonio; la ley Nº 17.288 de Monumentos Nacionales; el decreto
supremo Nº 11, de 2018, que modifica el decreto supremo Nº 19, de 2001, ambos del Ministerio
Secretaría General de la Presidencia de la República; acta de sesión ordinaria de fecha 12 de
agosto de 2020, del Consejo de Monumentos Nacionales; en la resolución Nº 7, de 2019, de la
Contraloría General de la República y en los antecedentes que obran en el expediente de
declaratoria.
Considerando:
1. Que, los Sres. Víctor Bugueño García, arqueólogo; Horacio Larraín Barros, antropólogo
y arqueólogo y Daniela Arroyo Fernández, geógrafa, solicitaron la declaratoria de MN en la
categoría de MH del antiguo Asentamiento Minero de San Agustín de Huantajaya, en la comuna
de Alto Hospicio, Región de Tarapacá, adjuntando el catastro de sitios arqueológicos del
asentamiento realizado mediante un proyecto FONDART del año 2010 (Ingreso CMN Nº 5.406
del 08.07.2011).
2. Que, a través del Ord. Nº 219 del 16.06.2020 de la Subsecretaría del Patrimonio Cultural,
se consultó la opinión al Ministerio de Bienes Nacionales, dado que el bien corresponde a
propiedad fiscal. El Sr. Subsecretario de Bienes Nacionales, mediante Ord. GABS Nº 471 del
10.08.2020, se manifestó a favor.
3. Que, el Asentamiento Minero se emplaza en la plataforma superior de la Cordillera de la
Costa, 11 kilómetros al este del puerto de Iquique, en la comuna de Alto Hospicio, Provincia de
Iquique, Región de Tarapacá.
4. Que, la solicitud de declaratoria se fundamenta en su condición de sitio único e
irrepetible, ya que representa el inicio de la industria minera en la Región de Tarapacá. Este
importante sitio, en efecto, mantiene aún hoy en buena parte su registro material, testimonio de la
vida de hombres y mujeres de distintos grupos étnicos y etarios, que trabajaron en uno de los más
importantes minerales de plata del sur del Virreinato del Perú.
5. Huantajaya debe ser considerado una de las cunas de la minería metálica tarapaqueña, si
no la más antigua de ellas. Su data de explotación se remonta a tiempos prehispánicos, habiendo
sido explotado por el Inca, al decir de los cronistas tempranos. Los primeros encomenderos
españoles de Tarapacá explotaron este mismo yacimiento, existiendo la certeza de su muy
temprana explotación a partir de mediados del siglo XVI, la que se mantuvo con altibajos hasta
1920.

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