Decreto número 221, de 2022.- Modifica decreto N° 97, de 2013, que reglamenta el Programa de Becas de Educación Superior - 2 de Marzo de 2023 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 924201997

Decreto número 221, de 2022.- Modifica decreto N° 97, de 2013, que reglamenta el Programa de Becas de Educación Superior

Fecha de publicación02 Marzo 2023
Número de registroCVE-2279723
SecciónNormas Generales
EmisorMINISTERIO DE EDUCACIÓN
Número de Gaceta43.491
CVE 2279723 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 43.491 | Jueves 2 de Marzo de 2023 | Página 1 de 6
Normas Generales
CVE 2279723
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Subsecretaría de Educación Superior
MODIFICA DECRETO N° 97, DE 2013, QUE REGLAMENTA EL PROGRAMA DE
BECAS DE EDUCACIÓN SUPERIOR
Núm. 221.- Santiago, 20 de diciembre de 2022.
Considerando:
Que la ley N° 21.516, de Presupuestos del Sector Público correspondiente al año 2023, en
su Partida 09, Capítulo 90, Programa 03, Subtítulo 24, Ítem 03, Asignación 200, contempla
recursos para Becas Educación Superior.
Que, según la glosa 06 que regula dicha asignación, el referido Programa de Becas de
Educación Superior se ejecutará de acuerdo con el decreto N° 97, de 2013, del Ministerio de
Educación, y sus modificaciones. Por su parte, tales modificaciones corresponden a las
efectuadas mediante los decretos N° 167, de 2014, N°s. 108 y 525, ambos de 2015, N° 253, de
2016, N° 253, de 2018, N° 229, de 2019, N°100, de 2020, y en el N° 77, de 2021, todos del
Ministerio de Educación.
Que, a efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en la Ley de Presupuestos previamente
citada, resulta preciso modificar el reglamento vigente, a fin de ejecutar cabalmente el Programa
de Becas de Educación Superior durante el año 2023 y siguientes, razón por la cual se dicta el
presente acto administrativo.
Visto:
Lo dispuesto en los artículos 32 N°s. 6 y 35 de la Constitución Política de la República de
Chile, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto supremo N°
100, de 2005, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; en la ley N° 18.575, Orgánica
Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, cuyo texto refundido,
coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del
Ministerio Secretaría General de la Presidencia; en la ley N° 18.956, que reestructura el
Ministerio de Educación Pública; en el decreto con fuerza de ley N° 2, de 2009, del Ministerio de
Educación, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 20.370 con las
normas no derogadas del decreto con fuerza de ley N° 1, de 2005, del Ministerio de Educación;
en la ley N° 19.123, que crea la Corporación Nacional de Reparación y Reconciliación, establece
pensión de reparación y otorga otros beneficios en favor de personas que señala; en la ley N°
19.253, que establece normas sobre protección, fomento y desarrollo de los indígenas, y crea la
Corporación Nacional de Desarrollo Indígena; en la ley N° 19.992, que establece pensión de
reparación y otorga otros beneficios a favor de las personas que indica; en la ley N° 20.379, que
crea el sistema intersectorial de protección social e institucionaliza el subsistema de protección
integral a la infancia ''Chile crece contigo"; en la ley N° 20.405, que crea el Instituto de Derechos
Humanos; en la ley N° 20.422, que establece normas sobre igualdad de oportunidades e inclusión
social de personas con discapacidad; en la ley N° 20.129, que establece un Sistema Nacional de
Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior; en la ley N° 20.842, que crea las
Universidades Estatales de la Región de O'Higgins y de la Región de Aysén; en la ley N° 20.910,
que crea quince Centros de Formación Técnica Estatales; en la ley N° 21.091, sobre Educación
Superior; en la ley N° 21.094, sobre Universidades Estatales; en la ley N° 21.516, de
Presupuestos del Sector Público correspondiente al año 2023; en el decreto con fuerza de ley N°
3, de 2019, del Ministerio de Educación; en los decretos N°s. 97 y 263, ambos de 2013, N° 167,
de 2014, N°s 108 y 525, ambos de 2015, N° 253, de 2016, N° 253, de 2018, N° 229, de 2019, N°

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