Decreto número 21, de 2019.- Modifica decreto Nº 67, de 2008, que reglamenta la incorporación de los trabajadores independientes que indica al Seguro Social contra Riesgos por Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales establecido en la ley Nº 16.744, de conformidad con lo dispuesto en la ley Nº 21.133, que modifica las normas para la incorporación de los trabajadores independientes a los regímenes de protección social - 11 de Mayo de 2019 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 875218487

Decreto número 21, de 2019.- Modifica decreto Nº 67, de 2008, que reglamenta la incorporación de los trabajadores independientes que indica al Seguro Social contra Riesgos por Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales establecido en la ley Nº 16.744, de conformidad con lo dispuesto en la ley Nº 21.133, que modifica las normas para la incorporación de los trabajadores independientes a los regímenes de protección social

Fecha de publicación11 Mayo 2019
Número de registroCVE-1588003
SecciónNormas Generales
EmisorMINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL
Número de Gaceta42.351
CVE 1588003 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 42.351 | Sábado 11 de Mayo de 2019 | Página 1 de 4
Normas Generales
CVE 1588003
MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL
Subsecretaría de Previsión Social
MODIFICA DECRETO SUPREMO N° 67, DE 2008, DEL MINISTERIO DEL TRABAJO
Y PREVISIÓN SOCIAL, QUE REGLAMENTA LA INCORPORACIÓN DE LOS
TRABAJADORES INDEPENDIENTES QUE INDICA AL SEGURO SOCIAL CONTRA
RIESGOS POR ACCIDENTES DEL TRABAJO Y ENFERMEDADES
PROFESIONALES ESTABLECIDO EN LA LEY N° 16.744, DE CONFORMIDAD CON
LO DISPUESTO EN LA LEY N° 21.133, QUE MODIFICA LAS NORMAS PARA LA
INCORPORACIÓN DE LOS TRABAJADORES INDEPENDIENTES A LOS
REGÍMENES DE PROTECCIÓN SOCIAL
Núm. 21.- Santiago, 6 de marzo de 2019.
Visto:
El artículo 32 N° 6 de la Constitución Política de la República de Chile; los artículos 89,
inciso primero, artículo 90, artículo 92 F y artículo 92 G del decreto ley N° 3.500, de 1980, que
establece nuevo Sistema de Pensiones; los artículos 88 y 89 de la ley Nº 20.255, que establece
reforma previsional; la ley N° 21.133, que modifica las normas para la incorporación de los
trabajadores independientes a los regímenes de protección social; la ley N° 16.744, que establece
normas sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales; el decreto supremo N° 67, de
2008, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; y la resolución N° 1.600, de 2008, de la
Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención de trámite de toma de
razón.
Considerando:
1. Que, el decreto ley N° 3.500, publicado en el Diario Oficial de 13 de noviembre de 1980,
contempla en su Título IX a los trabajadores independientes.
2. Que, la ley N° 20.255, en sus artículos 88 y 89, incorpora en el Seguro Social contra
Riesgos de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales contemplado en la ley Nº
16.744, a los trabajadores independientes señalados en los artículos 89 y 90 del decreto ley Nº
3.500, de 1980.
3. Que, la ley Nº 21.133, publicada en el Diario Oficial de 2 de febrero de 2019, modifica
las normas para la incorporación de los trabajadores independientes a los regímenes de
protección social, entre otras, aquellas referidas al seguro social de la ley N° 16.744,
estableciendo nuevas disposiciones relativas a la obligatoriedad de la afiliación, al procedimiento
para el pago de las cotizaciones, a los requisitos para acceder a las prestaciones, al periodo de
cobertura y a otras normas que dicen relación con dicho seguro.
4. Que, atendido lo anterior, es necesario adaptar las normas del decreto supremo Nº 67, de
2008, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, con el objeto de actualizar su contenido y
reglamentar las modificaciones a que se refiere el número 3 precedente.
Decreto:
Apruébanse: las siguientes modificaciones al decreto supremo N° 67, de 2008, del
Ministerio del Trabajo y Previsión Social, que reglamenta la incorporación de los trabajadores
independientes que indica al Seguro Social contra Riesgos por Accidentes del Trabajo y
Enfermedades Profesionales establecido en la ley N° 16.744.

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