Decreto número 20, de 2022.- Declara Monumento Nacional, en la categoría de Monumento Histórico, el Sitio de Memoria Centro Clandestino de Detención Subterráneo del ex Hospital Militar de Santiago - 11 de Junio de 2022 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 906149366

Decreto número 20, de 2022.- Declara Monumento Nacional, en la categoría de Monumento Histórico, el Sitio de Memoria Centro Clandestino de Detención Subterráneo del ex Hospital Militar de Santiago

Fecha de publicación11 Junio 2022
Número de registroCVE-2141607
SecciónNormas Generales
EmisorMINISTERIO DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y EL PATRIMONIO
Número de Gaceta43.276
CVE 2141607 |Director Interino: Jaime Sepúlveda O.
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 43.276 | Sábado 11 de Junio de 2022 | Página 1 de 3
Normas Generales
CVE 2141607
MINISTERIO DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y EL PATRIMONIO
Subsecretaría del Patrimonio Cultural
DECLARA MONUMENTO NACIONAL, EN LA CATEGORÍA DE MONUMENTO
HISTÓRICO, EL SITIO DE MEMORIA CENTRO CLANDESTINO DE DETENCIÓN
SUBTERRÁNEO DEL EX HOSPITAL MILITAR DE SANTIAGO
Núm. 20.- Valparaíso, 9 de marzo de 2022.
Vistos:
Lo dispuesto en los artículos 6, 7, 326 y 35 de la Constitución Política de la República,
cuyo texto fue refundido, coordinado y sistematizado por el decreto supremo Nº 100, de 2005,
del Ministerio Secretaría General de la Presidencia de la República; en el decreto con fuerza de
ley Nº 1/19.653, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto
refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases
Generales de la Administración del Estado; en la ley Nº 21.045, de 2017, que crea el Ministerio
de las Culturas, las Artes y el Patrimonio; en la Ley Nº 17.288 de Monumentos Nacionales; en el
decreto supremo Nº 11, de 2018, que modifica el decreto supremo Nº 19, de 2001, ambos del
Ministerio Secretaría General de la Presidencia de la República; en el acta de Sesión Ordinaria de
fecha 27 de marzo de 2019, del Consejo de Monumentos Nacionales; en la resolución Nº 7, de
2019, de la Contraloría General de la República y en los antecedentes que obran en el expediente
de declaratoria.
Considerando:
1. Que, mediante carta de fecha 27 de enero de 2017 (Ingreso CMN Nº 700, de fecha 31 de
enero del año 2017), la Sra. Ximena Beatriz Canales Fernández, presentó un requerimiento de
declaratoria de Monumento Nacional, en la categoría de Monumento Histórico, del Sitio de
Memoria Centro Clandestino de Detención Subterráneo ex Hospital Militar de Santiago, que se
ubica en Avenida Holanda Nº 60, comuna de Providencia, Región Metropolitana.
Posteriormente, la Sra. Carmen Castillo Taucher (ex) Ministra de Salud, mediante Ord. Nº 906,
de fecha 23 de febrero de 2018, solicitó la misma declaratoria para el memorial anteriormente
descrito (Ingreso CMN Nº 1444, de fecha 27 de febrero de 2018).
2. Que, en el año 1898, a través de la ley Nº 2.408, se creó institucionalmente el Hospital
Militar con dependencias de la Dirección del Servicio Militar. El edificio fue proyectado por el
arquitecto jefe del Ministerio de Guerra, Sr. Francisco Javier Díaz, iniciándose su construcción
en 1927 e inaugurándose en 1932.
3. Que, en el año 1962, se decidió la ampliación del inmueble. La construcción proyectada
por Av. Holanda contempló la construcción de un volumen de 7 pisos con capacidad para 80
camas. En el año 1973 el edificio se encontraba terminado restando sólo la instalación de los
equipos. Estos fueron comprometidos por el gobierno de Alemania Oriental, lo que quedó sin
efecto luego del golpe de Estado. En el año 1976, se proveyeron los equipos a través de un
convenio con Alemania Occidental. En la década de 1980 se constituyó como uno de los
hospitales más modernos del país y América Latina.
4. Que, al momento de efectuarse el golpe de Estado, el territorio de todo el país se organizó
en Comandos de Acción Jurisdiccional de la Seguridad Interior (CAJSI), los cuales entregaron el
comando de las acciones jurisdiccionales a diversos regimientos que, con posterioridad, fueron
facultados para instruir el Consejo de Guerra. En el CAJSI metropolitano, el territorio se
subdividió en CAJSIS locales: Norte, Sur, Centro, Este y una agrupación de reserva. Cada uno de
estos organizó un Estado Mayor conformado por cuatro secciones: personal, inteligencia,

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