Decreto número 20, de 2021.- Aprueba reglamento de Establecimientos de Larga Estadía para Personas Mayores
Fecha de publicación | 30 Septiembre 2022 |
Número de registro | CVE-2194925 |
Sección | Normas Generales |
Emisor | MINISTERIO DE SALUD |
Número de Gaceta | 43.365 |
CVE 2194925 |Director Interino: Jaime Sepúlveda O.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 43.365 | Viernes 30 de Septiembre de 2022 | Página 1 de 15
Normas Generales
CVE 2194925
MINISTERIO DE SALUD
Subsecretaría de Salud Pública
APRUEBA REGLAMENTO DE ESTABLECIMIENTOS DE LARGA ESTADÍA PARA
PERSONAS MAYORES (ELEAM)
Núm. 20.- Santiago, 12 de mayo de 2021.
Visto:
Lo dispuesto en los artículos 24 y 32, Nº 6 de la Constitución Política de la República; en
los artículos 1º, 2º, 3º, 5º, 121 y en el Libro X del Código Sanitario, aprobado por decreto con
fuerza de ley Nº 725, de 1967, del Ministerio de Salud; en los artículos 1º, 4º y 7º del decreto con
fuerza de ley Nº 1, de 2005, del Ministerio de Salud, que fija el texto refundido, coordinado y
sistematizado del decreto ley Nº 2.763, de 1979, y de las leyes Nº 18.933 y Nº 18.469; en la ley
Nº 19.828, crea el Servicio Nacional del Adulto Mayor; en la Convención Interamericana sobre
la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores, promulgada mediante el
decreto supremo Nº 162, de 2017, del Ministerio de Relaciones Exteriores; en el decreto supremo
Nº 14, de 2010, del Ministerio de Salud, que aprueba reglamento de establecimientos de larga
estadía para adultos mayores; y en la resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la
República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.
Considerando:
1. Que, por decreto supremo Nº 14, de 2010, del Ministerio de Salud, se aprobó el actual
reglamento que regula los establecimientos de larga estadía para adultos mayores.
2. Que, mediante la ratificación por parte de Chile de la Convención Interamericana sobre la
Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores, revela la necesidad de reconocer
la plena vigencia de los derechos de las personas mayores y supervisar su cumplimiento.
3. Que, se estima necesario introducir actualizaciones a las normas que regulan los
establecimientos de larga estadía para personas mayores, administradas por entidades públicas o
privadas, en adelante "Eleam", con el objeto de velar por el cuidado de la salud de sus residentes,
contribuyendo directamente a mejorar su calidad de vida y bienestar.
4. Además de lo anterior, el presente reglamento establece disposiciones transitorias que
permitirán a los establecimientos de larga estadía en proceso de obtención de autorización
sanitaria, o que forman parte del Plan Nacional de Regularización "Acompañamiento a
Establecimientos de Larga Estadía para Personas Mayores en funcionamiento sin Autorización
Sanitaria", del Servicio Nacional del Adulto Mayor, adecuarse a las nuevas exigencias que se
disponen en el presente reglamento.
5. Que, en base a lo expresado precedentemente,
Decreto:
Artículo primero: Apruébese el siguiente Reglamento de Establecimientos de Larga
Estadía para Personas Mayores (Eleam):
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