Decreto número 20, de 2021.- Encasilla personal en la planta de Técnicos del Servicio Nacional del Patrimonio Cultural - 3 de Febrero de 2022 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 890367961

Decreto número 20, de 2021.- Encasilla personal en la planta de Técnicos del Servicio Nacional del Patrimonio Cultural

Fecha de publicación03 Febrero 2022
Número de registroCVE-2080993
SecciónNormas Generales
EmisorMINISTERIO DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y EL PATRIMONIO
Número de Gaceta43.169
CVE 2080993 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 43.169 | Jueves 3 de Febrero de 2022 | Página 1 de 5
Normas Generales
CVE 2080993
MINISTERIO DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y EL PATRIMONIO
Subsecretaría del Patrimonio Cultural
ENCASILLA PERSONAL EN LA PLANTA DE TÉCNICOS DEL SERVICIO
NACIONAL DEL PATRIMONIO CULTURAL
Núm. 20.- Valparaíso, 10 de agosto de 2021.
Vistos:
Lo dispuesto en los artículos primero y sexto transitorios de la ley Nº 21.045 que crea el
Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio; en los artículos cuarto y quinto transitorios
del decreto con fuerza de ley Nº 35, del año 2017, del Ministerio de Educación, que fija las
Plantas de Personal del Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio y del Servicio
Nacional del Patrimonio Cultural; en los artículos 15, 21, 53 y 55 del decreto con fuerza de ley
Nº 29, del año 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y
sistematizado de la ley Nº 18.834, sobre Estatuto Administrativo; en el decreto supremo Nº 69,
de 2004, del Ministerio de Hacienda, Reglamento sobre concursos del Estatuto Administrativo;
en el decreto supremo Nº 18, de 2018, del Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio,
que Traspasa el Personal desde la Dirección de Bibliotecas, Archivos y Museos al Servicio
Nacional del Patrimonio Cultural; en el decreto supremo Nº 57, de 2019, del Ministerio de las
Culturas, las Artes y el Patrimonio, que encasilla en la Planta al Personal Titular del Servicio
Nacional del Patrimonio Cultural perteneciente a los estamentos Directivos, Profesionales y
Técnicos; y, en la resolución Nº 6, de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija
normas sobre exención del trámite de toma de razón, en materias de personal que se indican.
Considerando:
1.- Que, la ley Nº 21.045 que crea el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio
dispone en sus artículos primero y sexto transitorios, que el personal traspasado desde la
Dirección de Bibliotecas, Archivos y Museos al Servicio Nacional del Patrimonio Cultural, y su
posterior encasillamiento debe realizarse a través de decretos expedidos bajo la fórmula "Por
orden del Presidente de la República", por intermedio del Ministerio de las Culturas, las Artes y
el Patrimonio, y que estos decretos contendrán las normas a que debe sujetarse el encasillamiento
de personal señalado.
2.- Que, el decreto con fuerza de ley Nº 35, del año 2017, del Ministerio de Educación, fijó
las Plantas de Personal del Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio y del Servicio
Nacional del Patrimonio Cultural, determinó la entrada en funcionamiento del Ministerio de las
Culturas, las Artes y el Patrimonio, de sus Subsecretarías y del Servicio Nacional del Patrimonio
Cultural y reguló otras materias a que se refiere el artículo primero transitorio de la ley Nº
21.045.
3.- Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo primero transitorio de la ley Nº 21.045, y en
los artículos cuarto y quinto transitorios del decreto con fuerza de ley Nº 35 del año 2017, una
vez traspasado el personal de la Dirección de Bibliotecas, Archivos y Museos al Servicio
Nacional del Patrimonio Cultural, lo que se materializó a través del decreto supremo Nº 18, de
2018, del Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, procedió a encasillar al personal
titular de planta de la Dirección de Bibliotecas, Archivos y Museos en la planta del Servicio
Nacional del Patrimonio Cultural, mediante el decreto supremo Nº 57, de 2019, en los términos y
condiciones que los citados artículos disponen.
4.- Que, el referido decreto con fuerza de ley dispone en su artículo quinto transitorio, literal
c), que una vez practicado el encasillamiento de plantas a que se refiere el literal b) de la misma

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