Decreto número 1T, de 2023.- Fija precios de nudo para suministros de electricidad - 27 de Julio de 2023 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 939831200

Decreto número 1T, de 2023.- Fija precios de nudo para suministros de electricidad

Número de registroCVE-2350807
Fecha de publicación27 Julio 2023
SecciónNormas Generales
EmisorMINISTERIO DE ENERGÍA
Número de Gaceta43.612
CVE 2350807 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 43.612 | Jueves 27 de Julio de 2023 | Página 1 de 13
Normas Generales
CVE 2350807
MINISTERIO DE ENERGÍA
FIJA PRECIOS DE NUDO PARA SUMINISTROS DE ELECTRICIDAD
Núm. 1T.- Santiago, 17 de febrero de 2023.
Vistos:
Lo dispuesto en los artículos 32 N° 6 y 35 del decreto supremo N° 100, de 2005, del
Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y
sistematizado de la Constitución Política de la República; en la Ley N° 19.880, que establece
bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la
Administración del Estado; en el decreto ley N° 2.224, de 1978, que crea el Ministerio de
Energía y la Comisión Nacional de Energía, en adelante la "Comisión"; en el decreto con fuerza
de ley N° 4/20.018, de 2006, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fija
texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto con fuerza de ley N° 1, de Minería, de
1982, Ley General de Servicios Eléctricos, en materia de energía eléctrica, en adelante e
indistintamente "Ley"; en la ley N° 20.936, que establece un nuevo sistema de transmisión
eléctrica y crea un organismo coordinador independiente del sistema eléctrico nacional; en el
decreto supremo N° 88, de 2019, del Ministerio de Energía, que aprueba reglamento para medios
de generación de pequeña escala; en el decreto supremo N° 62, de 2006, del Ministerio de
Economía, Fomento y Reconstrucción, que aprueba reglamento de transferencias de potencia
entre empresas generadoras establecidas en la Ley General de Servicios Eléctricos; en el decreto
supremo N° 86, de 2012, del Ministerio de Energía, que aprueba reglamento para la fijación de
precios de nudo, y sus modificaciones posteriores; en la resolución exenta N° 641, de 2016, de la
Comisión, que establece plazos, requisitos y condiciones para la fijación de precios de nudo de
corto plazo, y sus modificaciones posteriores, en adelante "RE N° 641"; en el decreto supremo
N° 11T, de 2016, del Ministerio de Energía, que fija fórmulas tarifarias aplicables a los
suministros sujetos a precios regulados que se señalan efectuados por las empresas
concesionarias de distribución que indica, actualizado por el decreto supremo N° 5T, de 2018,
del Ministerio de Energía, en adelante "DS 11T/2016"; en la resolución exenta N° 778, de 2016,
de la Comisión, que establece plazos, requisitos y condiciones para la fijación de precios de nudo
promedio, y sus modificaciones posteriores, cuyo texto refundido fue fijado mediante resolución
exenta N° 703, de 2018, del mismo origen; en la resolución exenta N° 668, de 2017, de la
Comisión, que tiene por conformado, a partir de la fecha que indica, el sistema eléctrico nacional
por interconexión del sistema interconectado del norte grande con el sistema interconectado
central, para todos los efectos legales; en el decreto supremo N° 4T, de 2018, del Ministerio de
Energía, que fija peajes de distribución aplicables al servicio de transporte que presten las
empresas concesionarias de servicio público de distribución que señala, en adelante "DS
4T/2018"; en la resolución exenta N° 786, de 2019, de la Comisión, que aprueba modificaciones
a la Norma Técnica de Seguridad y Calidad de Servicio y aprueba texto refundido y
sistematizado de dicha norma técnica, en adelante "RE N° 786"; en la resolución exenta N° 198,
de 2021, de la Comisión, que aprueba Informe Técnico Definitivo "Determinación de los costos
de inversión y costos fijos de operación de la unidad de punta del SEN y de los SSMM",
rectificada por la resolución exenta N° 17, de 2022, de la Comisión; en la resolución exenta N°
54, de 2016, de la Comisión, que aprueba Norma Técnica Transferencias de Potencia entre
empresas generadoras; en la resolución exenta N° 55, de 2023, de la Comisión, que aprueba

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