Decreto número 17, de 2023.- Establece nueva regulación del Consejo de Auditoría Interna General de Gobierno y deja sin efecto decreto N° 12, de 1997 - 16 de Septiembre de 2023 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 943078136

Decreto número 17, de 2023.- Establece nueva regulación del Consejo de Auditoría Interna General de Gobierno y deja sin efecto decreto N° 12, de 1997

Número de registroCVE-2379437
Fecha de publicación16 Septiembre 2023
SecciónNormas Generales
EmisorMINISTERIO SECRETARÍA GENERAL DE LA PRESIDENCIA
Número de Gaceta43.655
CVE 2379437 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl
DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 43.655 | Sábado 16 de Septiembre de 2023 | Página 1 de 4
Normas Generales
CVE 2379437
MINISTERIO SECRETARÍA GENERAL DE LA PRESIDENCIA
ESTABLECE NUEVA REGULACIÓN DEL CONSEJO DE AUDITORÍA INTERNA
GENERAL DE GOBIERNO Y DEJA SIN EFECTO DECRETO QUE INDICA
Núm. 17.- Santiago, 7 de agosto de 2023.
Vistos:
Lo dispuesto en los artículos 24 y 32 Nº 6 del decreto supremo N° 100, de 2005, del
Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y
sistematizado de la Constitución Política de la República; en el decreto con fuerza de ley Nº
1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto
refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases
Generales de la Administración del Estado; en la ley N° 19.880, que establece bases de los
procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del
Estado; en la ley N° 18.993, que crea el Ministerio Secretaría General de la Presidencia de la
República; en el decreto supremo Nº 12, de 1997, del Ministerio Secretaría General de la
Presidencia, que crea el Consejo de Auditoría General de Gobierno; en el decreto supremo Nº
1.879, de 1998, del Ministerio de Relaciones Exteriores, que promulga la Convención
Interamericana contra la Corrupción; en el decreto supremo Nº 496, de 2001, del Ministerio de
Relaciones Exteriores, que promulga la Convención para Combatir el Cohecho a Funcionarios
Públicos Extranjeros en Transacciones Comerciales Internacionales y su Anexo; y, en la
resolución N° 7, de Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del
trámite de toma de razón.
Considerando:
1.- Que, en su calidad de Jefe(a) del Estado, corresponde al (a la) Presidente(a) de la
República por mandato constitucional, el gobierno y la administración de éste.
2.- Que, mediante el decreto supremo N° 12, de 1997, del Ministerio Secretaría General de
la Presidencia, se creó el Consejo de Auditoría Interna General de Gobierno, en adelante también
“el Consejo”, como órgano asesor del (de la) Presidente(a) de la República en materias de
auditoría interna de gobierno, para colaborar en la formulación de políticas, planes, programas y
medidas de control interno de la gestión gubernamental, en sus diversas instancias, conforme a
las directrices definidas por el Gobierno.
3.- Que, la auditoría busca ser un coadyuvante de la gestión del Ejecutivo, y no un órgano
de control. En tal sentido, la Auditoría General de Gobierno permite asesorar al (a la)
Presidente(a) de la República en la realización de un control preventivo e interno en los órganos
de la Administración del Estado, en base a la utilización de herramientas técnicas propias de
dicha disciplina y la observancia del actuar estatal, con estricto apego a las normas de carácter
nacional que regulan la probidad, transparencia y publicidad de los actos de la administración.
Lo anterior, sin perjuicio de las atribuciones que a este respecto le caben a la Contraloría General
de la República.
4.- Que, de esta forma se fortalecen los procesos de gestión de riesgos, de control interno y
de gobernanza de los órganos de la Administración del Estado, mediante el asesoramiento al
Poder Ejecutivo en materias de auditoría interna y aseguramiento. Para ello, se analiza la gestión
de los referidos órganos, respecto de su economía, eficiencia y eficacia; el cumplimiento de las
normas y procedimientos; la protección de los recursos públicos; y la probidad, en la ejecución
de las políticas, planes, programas y decisiones de la respectiva autoridad. Todo lo anterior, sin

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR