Decreto número 17, de 2020.- Encasilla personal desde la Comisión Nacional de Investigación Científica y Tecnología a la Agencia Nacional de Investigación y Desarrollo - 21 de Diciembre de 2020 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 853309152

Decreto número 17, de 2020.- Encasilla personal desde la Comisión Nacional de Investigación Científica y Tecnología a la Agencia Nacional de Investigación y Desarrollo

Fecha de publicación21 Diciembre 2020
Número de registroCVE-1867531
SecciónNormas Generales
EmisorMINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA, CONOCIMIENTO E INNOVACIÓN
Número de Gaceta42.835
CVE 1867531 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 42.835 | Lunes 21 de Diciembre de 2020 | Página 1 de 2
Normas Generales
CVE 1867531
MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA, CONOCIMIENTO E INNOVACIÓN
ENCASILLA PERSONAL DESDE LA COMISIÓN NACIONAL DE INVESTIGACIÓN
CIENTÍFICA Y TECNOLÓGICA (CONICYT) A LA AGENCIA NACIONAL DE
INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO (ANID)
Núm. 17.- Santiago, 14 de octubre de 2020.
Visto:
Lo dispuesto en el DFL Nº 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fijó el texto
refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.834, sobre Estatuto Administrativo; el
artículo décimo transitorio y demás pertinentes de la ley Nº 21.105, que crea el Ministerio de
Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación; el DFL Nº 6, de 2019, del Ministerio de
Educación, que fija la planta de personal de la Agencia Nacional de Investigación y Desarrollo;
el artículo 52 de la ley Nº 19.880; y las resoluciones Nº 18 de 2017 y Nº 6 de 2019, ambas de la
Contraloría General de la República; y
Considerando:
1.- Que, la ley Nº 21.105, que crea el Ministerio de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e
Innovación, en su artículo décimo transitorio facultó al Presidente de la República para que,
dentro del plazo de un año contado desde la fecha de publicación de dicha ley, establezca
mediante uno o más decretos con fuerza de ley, expedidos a través del Ministerio de Educación,
las normas necesarias para disponer, entre otras materias, el traspaso de los funcionarios y
funcionarias de planta y a contrata, desde la Comisión Nacional de Investigación Científica y
Tecnológica (Conicyt) a la Agencia Nacional de Investigación y Desarrollo (ANID).
2.- Que, el artículo décimo transitorio de la ley Nº 21.105 facultó al Presidente de la
República para que dentro del plazo de un año contado desde la fecha de publicación de la
mencionada ley, estableciera mediante uno o más decretos con fuerza de ley expedidos por el
Ministerio de Educación y suscritos también por el Ministerio de Hacienda, las normas
necesarias para regular, entre otras materias, la planta de personal de la Subsecretaría de Ciencia,
Tecnología, Conocimiento e Innovación; disponer, sin solución de continuidad, el traspaso de los
funcionarios de planta y a contrata desde la Comisión Nacional de Investigación Científica y
Tecnológica a la Agencia Nacional de Investigación y Desarrollo, entre otras materias.
3.- Que, en virtud de lo anterior, se dictó el decreto con fuerza de ley Nº 6, de 9 de agosto de
2019, del Ministerio de Educación, que fija la planta de personal de la Agencia Nacional de
Investigación y Desarrollo y regula otras materias a que se refiere el artículo décimo transitorio
de la ley Nº 21.105. Dicho cuerpo normativo fue publicado en el Diario Oficial con fecha 25 de
septiembre de 2019.
4.- Que, el ya individualizado decreto con fuerza de ley Nº 6, determinó el traspaso, sin
solución de continuidad, desde la Comisión Nacional de Investigación Científica y Tecnológica
(Conicyt), a la Agencia Nacional de Investigación y Desarrollo, a contar de la entrada en
funcionamiento de esta última, de todos los funcionarios de planta y contrata que tuvieran dichas
calidades a la fecha citada, con excepción de aquellos que hubieran sido traspasados a la
Subsecretaría de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación.
5.- Que, el artículo primero transitorio del decreto con fuerza de ley Nº 6, expresa que, los
funcionarios de la Comisión Nacional de Investigación Científica y Tecnológica que sean
traspasados a la Agencia Nacional de Investigación y Desarrollo, que se encuentren
desempeñando cargos afectos al Sistema de Alta Dirección Pública, mantendrán sus
nombramientos y seguirán afectos a las normas que les fueren aplicables a la época de su

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