Decreto número 150, de 2024.- Prorroga declaración de estado de excepción constitucional de emergencia en las zonas del territorio nacional que indica - 5 de Abril de 2024 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 1030103362

Decreto número 150, de 2024.- Prorroga declaración de estado de excepción constitucional de emergencia en las zonas del territorio nacional que indica

Número de registroCVE-2476685
Fecha de publicación05 Abril 2024
SecciónNormas Generales
EmisorMINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA
CVE 2476685 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 43.818-B | Viernes 5 de Abril de 2024 | Página 1 de 3
Normas Generales
CVE 2476685
MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA
Subsecretaría del Interior
PRORROGA DECLARACIÓN DE ESTADO DE EXCEPCIÓN CONSTITUCIONAL DE
EMERGENCIA EN LAS ZONAS DEL TERRITORIO NACIONAL QUE INDICA
Núm. 150.- Santiago, 3 de abril de 2024.
Vistos:
Lo establecido en los artículos 19 N° 1, 7 y 9, 32 N° 5, 39, 42, 43 y 44 de la Constitución
Política de la República; la Ley N° 18.415, Orgánica Constitucional de Estados de Excepción; el
decreto con fuerza de ley N° 1-19.653, del 2000, del Ministerio Secretaría General de la
Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575,
Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado: el decreto con
fuerza de ley N° 1-19.175, que fija el texto refundido, coordinado, sistematizado y actualizado de
la Ley N° 19.175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional; el
decreto supremo N° 8, de 2020, del Ministerio de Defensa Nacional, que establece las reglas de
uso de la fuerza para las Fuerzas Armadas en los estados de excepción constitucional que indica;
el decreto supremo N° 189, de 2022, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública que declara
estado de excepción constitucional de emergencia en las zonas del territorio nacional que indica;
los decretos supremos N° 199, N° 214, N° 219, N° 223, N° 231, N° 242, N° 245, N° 270, N°
285, N° 296, N° 307, N° 320, N° 335, N° 356, N° 365, de 2022, N° 12, N° 40, N° 47, N° 81, N°
93, N° 100, N° 112, N° 122, N° 134, N° 143, N° 158, N° 166, N° 182, N° 192, N° 203, N° 221,
N° 229, N° 239, N° 256, N° 265, N° 293, N° 339, N° 354 y N° 379, de 2023, N° 29, N° 81 y N°
127, todos de 2024, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que prorrogan la declaración
de estado de excepción constitucional de emergencia en las zonas del territorio nacional que
indican; el decreto supremo N° 193, de 2022, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que
reemplaza al Jefe de la Defensa Nacional de las provincias de Biobío y Arauco, Región del
Biobío; el decreto supremo N° 262, de 2022, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que
modifica el decreto N° 189, de 2022, que declara estado de excepción constitucional de
emergencia en las zonas del territorio nacional que indica; el decreto supremo N° 360, de 2022,
del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que reemplaza al Jefe de la Defensa Nacional de
la Región de La Araucanía; en el decreto supremo N° 156, de 2023, del Ministerio del Interior y
Seguridad Pública, que modifica el decreto N° 189, de 2022, del Ministerio del Interior y
Seguridad Pública, que declara estado de excepción constitucional de emergencia en las zonas
del territorio nacional que indica; el oficio GMDN.AS.JUR.(R) N° 3550/659, de 21 de marzo de
2024, del Ministerio de Defensa Nacional; el oficio Gab.Pres. N° 445, de 1 de abril de 2024, que
somete a consideración del H. Congreso Nacional la prórroga del estado de excepción
constitucional de emergencia; el oficio N° 19.335, de 2 de abril de 2024, de la Cámara de
Diputadas y Diputados; y la resolución N° 7, de 2019, de la Contraloría General de la República.
Considerando:
1. Que, frente a los hechos de violencia ocurridos especialmente en la Región de La
Araucanía y las provincias de Arauco y Bíobío, de la Región del Biobío, que han alterado el
orden público y afectan la vida y la integridad física de las personas, es que S.E. el Presidente de
la República declaró, a través del decreto supremo N° 189, de 2022, del Ministerio del Interior y
Seguridad Pública, el estado de excepción constitucional de emergencia. en las zonas del
territorio nacional que se indican, por un término de 15 días. Dicha declaración ha sido

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