Decreto número 14, de 2023.- Crea Comisión para la Paz y el Entendimiento - 12 de Julio de 2023 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 938351848

Decreto número 14, de 2023.- Crea Comisión para la Paz y el Entendimiento

Número de registroCVE-2344461
Fecha de publicación12 Julio 2023
SecciónNormas Generales
EmisorMINISTERIO SECRETARÍA GENERAL DE LA PRESIDENCIA
CVE 2344461 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 43.599-B | Miércoles 12 de Julio de 2023 | Página 1 de 4
Normas Generales
CVE 2344461
MINISTERIO SECRETARÍA GENERAL DE LA PRESIDENCIA
CREA COMISIÓN PARA LA PAZ Y EL ENTENDIMIENTO
Núm. 14.- Santiago, 21 de junio de 2023.
Visto:
Lo dispuesto en los artículos 32 Nº 6 y 35 del decreto supremo N° 100, de 2005, del
Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y
sistematizado de la Constitución Política de la República de Chile; en el decreto con fuerza de
ley Nº 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto
refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases
Generales de la Administración del Estado; en la Ley N° 18.993, que crea el Ministerio
Secretaría General de la Presidencia; en la Ley N° 21.516, de Presupuestos de Ingresos y Gastos
del Sector Público para el año 2023; y en la resolución N° 7, de 2019, de la Contraloría General
de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.
Considerandos:
1.- Que, el pueblo Mapuche ha mantenido una relación histórica con el territorio que
actualmente forma parte de la República de Chile, cuyos orígenes se remontan a tiempos
precolombinos, previos a la conformación del Estado chileno.
2.- Que, a lo largo de la historia, el pueblo Mapuche ha enfrentado diversas situaciones de
conflicto, tensiones y disputas territoriales con las autoridades coloniales y el Estado de Chile,
generando un profundo impacto en su relación con la sociedad chilena en general.
3.- Que, durante las últimas décadas, el conflicto en las regiones del Biobío, La Araucanía,
Los Ríos y Los Lagos ha aumentado y generado preocupación y sufrimiento a sus habitantes;
afectando a personas de todos los sectores, provocando un detrimento en la convivencia y la paz
en dichos territorios.
4.- Que, desde el retorno a la democracia, diversos gobiernos han realizado importantes
esfuerzos por construir políticas de entendimiento y reparación con los pueblos indígenas de
nuestro país. Entre ellos, el Acuerdo de Nueva Imperial en 1989, la Ley Indígena de 1993, la
Corporación Nacional de Desarrollo Indígena de 1994, la Comisión de Verdad Histórica y
Nuevo Trato de 2002, la ratificación del Convenio 169 de la Organización Internacional del
Trabajo en 2008 y la Comisión de Diálogo Transversal liderada por el Obispo Vargas el año
2016.
5.- Que, la actual situación de conflicto que afecta a las regiones referidas interpela al
Estado a buscar un acuerdo que permita adecuar y mejorar la institucionalidad vigente, en aras de
construir un nuevo entendimiento entre el Estado de Chile, el pueblo Mapuche y todos(as) los(as)
habitantes de dichas regiones.
7.- Que, en razón de lo anterior, se ha decidido conformar una Comisión para la Paz y el
Entendimiento con el objetivo de ser una instancia de diálogo y generación de consensos que
permita tomar recomendaciones y propuestas desde las comunidades y los actores involucrados,
para así construir y consolidar una solución de largo plazo a este conflicto.
8.- Que, la Comisión contará con el mandato particular de abordar la demanda de tierras de
las comunidades Mapuche, levantar información actualizada y precisa sobre el estado de las
tierras demandadas por las distintas comunidades y proponer mecanismos concretos y plazos
específicos que permitan abordar dicha demanda.
9.- Que, a través de las comunicaciones N° 058/2023, 001/2023 y 001/2023, todas de fecha
20 de junio de 2023, la H. Senadora Carmen Gloria Aravena Acuña, el H. Senador Francisco

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