Decreto número 14, de 2021.- Modifica decreto Nº 19, de 2013, que aprueba reglamento de la ley que regula las transacciones comerciales de productos agropecuarios - 11 de Marzo de 2022 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 899284471

Decreto número 14, de 2021.- Modifica decreto Nº 19, de 2013, que aprueba reglamento de la ley que regula las transacciones comerciales de productos agropecuarios

Fecha de publicación11 Marzo 2022
Número de registroCVE-2097680
SecciónNormas Generales
EmisorMINISTERIO DE AGRICULTURA
Número de Gaceta43.200
CVE 2097680 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 43.200 | Viernes 11 de Marzo de 2022 | Página 1 de 3
Normas Generales
CVE 2097680
MINISTERIO DE AGRICULTURA
MODIFICA DECRETO SUPREMO Nº 19, DE 2013, DEL MINISTERIO DE
AGRICULTURA, QUE APRUEBA REGLAMENTO DE LA LEY QUE REGULA LAS
TRANSACCIONES COMERCIALES DE PRODUCTOS AGROPECUARIOS
Núm. 14.- Santiago, 2 de septiembre de 2021.
Vistos:
Lo dispuesto en los artículos 32º Nº 6 y 35º de la Constitución Política de la República; el
decreto con fuerza de ley Nº 294, de 1960, del Ministerio de Hacienda, que establece funciones y
estructura del Ministerio de Agricultura; la ley Nº 20.656, que regula las transacciones
comerciales de productos agropecuarios; el decreto supremo Nº 19, de 2013, del Ministerio de
Agricultura, que aprueba el reglamento de la ley que regula las transacciones comerciales de
productos agropecuarios; la resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República,
que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.
Considerando:
1. Que la ley Nº 20.656, regula las transacciones comerciales de productos agropecuarios.
2. Que mediante el decreto Nº 19 de 2013, del Ministerio de Agricultura, se aprobó el
Reglamento de la ley Nº 20.656.
3. Que producto del análisis llevado a cabo con participación del Servicio Agrícola y
Ganadero y de la Oficina de Estudio y Políticas Agrarias, se ha reparado en la conveniencia de
incorporar algunos ajustes a dicho Reglamento, en los términos que luego se dispone.
Decreto:
1.- Modifícase el Reglamento de la Ley Nº 20.656, que regula las Transacciones
Comerciales de Productos Agropecuarios, aprobado mediante decreto Nº 19, de 2013, del
Ministerio de Agricultura, en el siguiente sentido:
Uno).- Reemplázase el artículo 7º, por el siguiente:
"Artículo 7º.- En el caso de los laboratorios de ensayo, éstos deben contar con un sistema de
gestión de calidad, el cual garantice la validez y confiabilidad de los resultados. Dicho sistema
debe estar basado en Buenas Prácticas de Laboratorio, el que debe considerar, a lo menos, lo
siguiente:
i. Manual de calidad, texto en que se detalla la interacción entre los procesos y la
documentación que los describe (procedimientos, instructivos, formularios, entre otros);
ii. Croquis del laboratorio: en el que se identifiquen los equipos del laboratorio;
iii. Listado y manuales o fichas técnicas de los equipos e instrumentos existentes en el
laboratorio; manuales correspondientes;
iv. Procedimientos de uso de equipos e instrumentos si fuesen distintos o adicionales a los
descritos en los manuales correspondientes;
v. Calendario de mantención de equipos e instrumentos;

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