Decreto número 14, de 2020.- Modifica decreto Nº 30, de 2017, que fija establecimientos rurales de desempeño difícil de atención primaria de salud, período 2018 a 2022 - 30 de Abril de 2021 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 868050796

Decreto número 14, de 2020.- Modifica decreto Nº 30, de 2017, que fija establecimientos rurales de desempeño difícil de atención primaria de salud, período 2018 a 2022

Número de registroCVE-1935832
Fecha de publicación30 Abril 2021
SecciónNormas Generales
EmisorMINISTERIO DE SALUD
Número de Gaceta42.943
CVE 1935832 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 42.943 | Viernes 30 de Abril de 2021 | Página 1 de 17
Normas Generales
CVE 1935832
MINISTERIO DE SALUD
Subsecretaría de Redes Asistenciales
MODIFICA DECRETO SUPREMO Nº 30, DE 2017, DEL MINISTERIO DE SALUD,
QUE FIJA ESTABLECIMIENTOS RURALES DE DESEMPEÑO DIFÍCIL DE
ATENCIÓN PRIMARIA DE SALUD, PERÍODO 2018 A 2022
Núm. 14.- Santiago, 12 de junio de 2020.
Visto:
Lo solicitado mediante memorándums C52 Nos 366, 369 y 377 todos de 2019 y CP744 y 42
de 2020, todos de la Jefa de División Atención Primaria, del Ministerio de Salud y lo dispuesto
en la Constitución Política de la República de Chile; en el decreto con fuerza de ley Nº 1, de
2005, del Ministerio de Salud, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto
ley Nº 2.763, de 1979 y de las leyes Nº 18.933 y Nº 18.469; en la ley Nº 19.378, que establece el
Estatuto de Atención Primaria de Salud Municipal; en el decreto supremo Nº 2.296, de 1995, del
Ministerio de Salud, que aprueba el Reglamento General de la ley Nº 19.378; en el decreto
supremo Nº 1.889, de 1995, del Ministerio de Salud, que aprueba el Reglamento de la carrera
funcionaria del personal regido por el Estatuto de Atención Primaria de Salud Municipal; en el
decreto supremo Nº 55 de 2019, del Ministerio de Salud y, en la resolución Nº 7 de 2019, de la
Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de
razón, y
Considerando:
1. Que, el artículo 28 de la ley Nº 19.378, contempla que los funcionarios que laboren en
establecimientos reconocidos como urbanos o rurales por el Ministerio de Salud y calificados
como establecimientos de desempeño difícil por decreto supremo de esa Secretaría de Estado,
tendrán derecho a una asignación en los términos allí establecidos.
2. Que, mediante decreto supremo Nº 30 de 2017 del Ministerio de Salud, se fijaron los
establecimientos rurales de desempeño difícil de atención primaria de salud, para el período 2018
a 2022.
3. Que, por memorándum C52 Nº 377 de 2019, la Jefa de División Atención Primaria, envía
minuta técnica sobre la omisión en el citado decreto supremo Nº 30 de 2017, de este origen, de
los establecimientos rurales que se indican, pertenecientes a los Servicios de Salud Ñuble,
Concepción, Osorno y Araucanía Norte, respectivamente.
4. Que, la incorporación de los establecimientos omitidos afecta el ranking de
establecimientos rurales que contiene el citado decreto supremo Nº 30 de 2017.
5. Que, en razón de lo anterior, por resoluciones exentas Nos 703 y 1.009, ambas de 2019,
del Ministerio de Salud, se dio inicio al proceso de invalidación del citado decreto supremo Nº
30 de 2017, confiriendo traslado a las comunas afectadas.
6. Que, luego de notificadas las comunas interesadas, estas hicieron valer sus descargos en
tiempo y forma.
7. Que, por resolución exenta CP Nº 5090 de 2020, del Ministerio de Salud, se declaró el
término del proceso administrativo de invalidación.
8. Que, en mérito de lo expuesto, dicto el siguiente:
DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE
Núm. 42.943 Viernes 30 de Abril de 2021 Página 2 de 17
CVE 1935832 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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Decreto:
Artículo 1.- Modifíquese el artículo 1 del decreto supremo Nº 30 de 2017, del Ministerio de
Salud, que fijó los establecimientos rurales de desempeño difícil de atención primaria de salud,
para el período 2018 a 2022, en el sentido que se indica a continuación:
“Califícase como establecimientos rurales de desempeño difícil, para el período
comprendido entre los años 2018 a 2022, ambos inclusive, a los establecimientos rurales de
atención primaria de salud municipal que se señalan a continuación.
Sus dotaciones suman 802.185 horas semanales, lo que constituye el 100% del total de
horas semanales de la dotación rural nacional. Ellos darán derecho a la asignación
correspondiente, en los porcentajes que a continuación se indica:
A.- PRIMER TRAMO = 26% de Asignación de Desempeño Difícil.
80.011 horas semanales, correspondientes al 9,97%, del total de las horas dotación en
establecimientos rurales de Atención Primaria de Salud Municipal.

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