Decreto número 127, de 2022.- Renueva designación de don Jaime Ignacio Retamal Pinto en el cargo de Director Nacional de la Dirección de Vialidad - 26 de Abril de 2023 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 929664566

Decreto número 127, de 2022.- Renueva designación de don Jaime Ignacio Retamal Pinto en el cargo de Director Nacional de la Dirección de Vialidad

Fecha de publicación26 Abril 2023
Número de registroCVE-2304735
SecciónNormas Generales
EmisorMINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
Número de Gaceta43.536
CVE 2304735 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 43.536 | Miércoles 26 de Abril de 2023 | Página 1 de 2
Normas Generales
CVE 2304735
MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
RENUEVA DESIGNACIÓN DE DIRECTOR NACIONAL DE LA DIRECCIÓN DE
VIALIDAD, DEL MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS A PERSONA QUE SE INDICA
Núm. 127.- Santiago, 27 de julio de 2022.
Vistos:
Las facultades previstas en el art. 32°, N° 10, de la Constitución Política de la República; el
DFL N° 1-19.653, de 2000, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°
18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; el DFL N°
29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que establece el texto refundido, coordinado y
sistematizado de la ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo; lo señalado la ley N° 19.882,
que regula nueva política de personal a los funcionarios públicos que indica; los DFL N° 142, de
1991, y N° 278, de 2009, ambos del Ministerio de Obras Públicas; el DFL N° 36, de 2003 y el
decreto N° 1.116, de 2019, ambos del Ministerio de Hacienda, las resoluciones exentas N° 625,
de 2020 y N° 162, de 2021, ambas de la Subsecretaría de Obras Públicas, lo establecido en el
DFL N° 850, de 1997, del Ministerio de Obras Públicas, que fija el texto refundido, coordinado y
sistematizado de la ley N° 15.840, del DFL N° 206, de 1960, y la resolución N° 6, de 2019, de la
Contraloría General de la República.
Considerando:
Que, mediante decreto MOP N° 82, de fecha 1 de agosto de 2019, fue designado Director
Nacional de Vialidad, don Jaime Ignacio Retamal Pinto, en calidad de titular, por un período de
hasta tres (3) años, a contar de esa misma fecha.
Que, en conformidad a lo previsto en la ley N° 19.882, en su artículo quincuagésimo
séptimo, incisos segundo y tercero, mediante Ord. MOP N° 433, de fecha 29 de junio de 2022,
del Sr. Ministro de Obras Públicas, se procede a comunicar al Sr. Jaime Ignacio Retamal Pinto,
que se ha resuelto renovar su nombramiento por un nuevo período de hasta tres (3) años, en
consideración al resultado de las evaluaciones a los compromisos de gestión establecido en su
Convenio de Desempeño de Alta Dirección Pública, para los años 2019-2022.
Que, teniendo en consideración las evaluaciones disponibles del alto directivo antes
indicadas, especialmente aquellas relativas al cumplimiento del convenio de desempeño suscrito,
se ha estimado procedente disponer la renovación de la designación del referido profesional en el
cargo precitado.
Que, mediante decreto N° 1.116, de 2009, del Ministerio de Hacienda, se fija el porcentaje
de 100% de Asignación de Alta Dirección Pública al cargo de Director(a) Nacional de Vialidad,
del Ministerio de Obras Públicas, que corresponde al primer nivel jerárquico.
Decreto:
1°.- Renuévase la designación de don Jaime Ignacio Retamal Pinto, RUN N° 11.657.136-6,
ingeniero civil, en el cargo de Director Nacional de Vialidad, Jefe Superior de Servicio, grado 1C
de la EUS de la planta de la Dirección de Vialidad del Ministerio Públicas, con residencia en
Santiago, por un período de hasta tres (3) años, a contar del 2 de agosto de 2022.
2°.- Establécese, que por imprescindible necesidad del Servicio, el Sr. Jaime Ignacio
Retamal Pinto, asumirá sus funciones en la fecha señalada precedentemente, sin esperar la total
tramitación del presente decreto.

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