Decreto número 11, de 2024.- Promulga el Sexagésimo Sexto Protocolo Adicional al Acuerdo de Complementación Económica Nº 35, que contiene el acuerdo comercial suscrito entre la República de Chile y la República del Paraguay, de 2021 - 7 de Marzo de 2024 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 1025177028

Decreto número 11, de 2024.- Promulga el Sexagésimo Sexto Protocolo Adicional al Acuerdo de Complementación Económica Nº 35, que contiene el acuerdo comercial suscrito entre la República de Chile y la República del Paraguay, de 2021

Número de registroCVE-2457149
Fecha de publicación07 Marzo 2024
SecciónNormas Generales
EmisorMINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Número de Gaceta43.795
CVE 2457149 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 43.795 | Jueves 7 de Marzo de 2024 | Página 1 de 2
Normas Generales
CVE 2457149
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Subsecretaría de Relaciones Económicas Internacionales
PROMULGA EL SEXAGÉSIMO SEXTO PROTOCOLO ADICIONAL AL ACUERDO
DE COMPLEMENTACIÓN ECONÓMICA Nº 35, QUE CONTIENE EL ACUERDO
COMERCIAL SUSCRITO ENTRE LA REPÚBLICA DE CHILE Y LA REPÚBLICA
DEL PARAGUAY, DE 2021
Núm. 11.- Santiago, 30 de enero de 2024.
Vistos:
República, y la ley Nº 18.158.
Considerando:
1. Que por decreto supremo Nº 568, de 1981, del Ministerio de Relaciones Exteriores, fue
promulgado el Tratado Constitutivo de la Asociación Latinoamericana de Integración (Aladi),
suscrito en Montevideo, Uruguay, el 12 de agosto de 1980 ("Tratado de Montevideo").
2. Que la resolución Nº 2, de 12 de agosto de 1980, del Consejo de Ministros de Relaciones
Exteriores de Aladi, publicada en el Diario Oficial de 23 de febrero de 1981, estableció normas
básicas y de procedimiento que regulan la celebración de acuerdos de alcance parcial en los que
no participa la totalidad de los miembros del Tratado de Montevideo de 1980.
3. Que con fecha 25 de junio de 1996, el Gobierno de la República de Chile y los Gobiernos
de la República Argentina, de la República Federativa del Brasil, de la República del Paraguay y
de la República Oriental del Uruguay, Estados Parte del Mercado Común del Sur (Mercosur),
celebraron el Acuerdo de Complementación Económica Nº 35, publicado en el Diario Oficial el
4 de octubre de 1996.
4. Que con fecha 1 de diciembre de 2021, se suscribió en Santiago, Chile, el Acuerdo
Comercial entre la República de Chile y la República del Paraguay.
5. Que, el Acuerdo entre la República de Chile y la República del Paraguay fue incorporado
al Acuerdo de Complementación Económica Nº 35 mediante el Sexagésimo Sexto Protocolo
Adicional, celebrado entre los Estados Parte del Mercosur y la República de Chile, el 15 de
febrero de 2022.
6. Que, dicho Protocolo Adicional fue aprobado por el H. Congreso Nacional, según consta
en el Oficio Nº 18.922, de 23 de octubre de 2023, de la H. Cámara de Diputados.
7. Que, se dio cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 3º del referido Protocolo
Adicional y, en consecuencia, éste entrará en vigor el 14 de febrero de 2024.
Decreto:
Artículo único: Promúlgase el Sexagésimo Sexto Protocolo Adicional al Acuerdo de
Complementación Económica Nº 35, celebrado entre los Estados Parte del Mercosur y la

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