Decreto número 103, de 2020.- Otorga a empresa Eletrans III S.A. concesión definitiva para establecer el tramo 17 de la línea de transmisión de energía eléctrica denominada Línea Eléctrica 2x220 kV Punta Colorada - Nueva Pan de Azúcar en la Región de Coquimbo, provincia de Elqui, comunas de La Higuera, La Serena y Coquimbo - 20 de Enero de 2021 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 856639855

Decreto número 103, de 2020.- Otorga a empresa Eletrans III S.A. concesión definitiva para establecer el tramo 17 de la línea de transmisión de energía eléctrica denominada Línea Eléctrica 2x220 kV Punta Colorada - Nueva Pan de Azúcar en la Región de Coquimbo, provincia de Elqui, comunas de La Higuera, La Serena y Coquimbo

Fecha de publicación20 Enero 2021
Número de registroCVE-1881273
SecciónNormas Particulares
EmisorMINISTERIO DE ENERGÍA
Número de Gaceta42.859
CVE 1881273 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública II
SECCIÓN
DECRETOS, RESOLUCIONES, SOLICITUDES Y NORMAS DE INTERÉS PARTICULAR
Núm. 42.859 | Miércoles 20 de Enero de 2021 | Página 1 de 5
Normas Particulares
CVE 1881273
MINISTERIO DE ENERGÍA
OTORGA A EMPRESA ELETRANS III S.A. CONCESIÓN DEFINITIVA PARA
ESTABLECER EL TRAMO 17 DE LA LÍNEA DE TRANSMISIÓN DE ENERGÍA
ELÉCTRICA DENOMINADA “LÍNEA ELÉCTRICA 2X220 KV PUNTA COLORADA
- NUEVA PAN DE AZÚCAR” EN LA REGIÓN DE COQUIMBO, PROVINCIA DE
ELQUI, COMUNAS DE LA HIGUERA, LA SERENA Y COQUIMBO
Núm. 103.- Santiago, 13 de noviembre de 2020.
Vistos:
Lo informado por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles en su oficio Ord. N°
6239/ACC 2763122/Doc 2561370, de 28 de octubre de 2020; lo dispuesto en los artículos 11° y
29° del decreto con fuerza de ley N° 4/20.018, de 2006, del Ministerio de Economía, Fomento y
Reconstrucción, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto con fuerza de
ley N° 1, de Minería, de 1982, Ley General de Servicios Eléctricos, en materia de energía
eléctrica, en adelante la “Ley General de Servicios Eléctricos”, y sus modificaciones posteriores;
en la ley N° 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos
de los órganos de la Administración del Estado; en la resolución N° 7, de 2019, de la Contraloría
General de la República, y
Considerando:
1. Lo informado por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, en su oficio Ord.
N° 6239/ACC 2763122/Doc 2561370, de 28 de octubre de 2020, el cual pasa a formar parte del
presente acto administrativo, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 41 de la ley N° 19.880, que
establece las bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la
Administración del Estado.
2. Que, la resolución exenta N° 31.674, de fecha 27 de enero de 2020, de la
Superintendencia de Electricidad y Combustibles, acogió la petición de división de la solicitud
de concesión definitiva para establecer las instalaciones relativas al proyecto de transmisión de
energía eléctrica denominado “Línea Eléctrica 2x220 kV Punta Colorada - Nueva Pan de
Azúcar”, dividiéndose la concesión solicitada en treinta tramos.
3. Que, posteriormente, a través de resolución exenta N° 32.603, de 19 de mayo de 2020, la
Superintendencia de Electricidad y Combustibles acogió una nueva petición de división de la
solicitud de concesión definitiva para establecer las instalaciones relativas al proyecto de
transmisión de energía eléctrica denominado “Línea Eléctrica 2x220 kV Punta Colorada - Nueva
Pan de Azúcar”, referida particularmente al tramo 20, resultando de esta división el “Subtramo
20.1” y el “Subtramo 20.2”.
4. Que, la aceptación de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, señalada en
los considerandos anteriores, se efectuó de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 29° de la Ley
General de Servicios Eléctricos, dividiéndose la concesión solicitada en los diversos tramos y
subtramos indicados, correspondiendo el presente acto administrativo al Tramo 17.
Decreto:
Artículo 1°.- Otórguese a la empresa Eletrans III S.A. concesión definitiva para establecer
el Tramo 17 de la línea de transmisión de energía eléctrica denominada “Línea Eléctrica 2x220

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