Decreto número 1.224, de 2021.- Aprueba Reglamento de calificaciones del personal de la Comisión para el Mercado Financiero - 15 de Enero de 2022 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 881577994

Decreto número 1.224, de 2021.- Aprueba Reglamento de calificaciones del personal de la Comisión para el Mercado Financiero

Fecha de publicación15 Enero 2022
Número de registroCVE-2069429
SecciónNormas Generales
EmisorMINISTERIO DE HACIENDA
Número de Gaceta43.153
CVE 2069429 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 43.153 | Sábado 15 de Enero de 2022 | Página 1 de 14
Normas Generales
CVE 2069429
MINISTERIO DE HACIENDA
APRUEBA REGLAMENTO DE CALIFICACIONES DEL PERSONAL DE LA
COMISIÓN PARA EL MERCADO FINANCIERO
Núm. 1.224.- Santiago, 25 de junio de 2021.
Vistos:
Lo dispuesto en el artículo 32 N° 6 de la Constitución Política de la República de Chile; en
el artículo 47 del DFL N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia,
que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica
Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la Ley N° 21.000, que
crea la Comisión para el Mercado Financiero; en el artículo 43 de la ley N° 21.306, que otorga
reajuste de remuneraciones a los trabajadores del sector público, concede aguinaldos que señala,
concede beneficios que indica y modifica diversos cuerpos legales; en el artículo 49 del DFL N°
1, de 2018, del Ministerio de Hacienda, que Establece Estatuto de Personal de carácter especial
de la Comisión para el Mercado Financiero, y en la resolución N° 6, de 2019, de la Contraloría
General de la República.
Considerando:
1. Que, el artículo 49 del DFL N° 1, de 2018, del Ministerio de Hacienda, que Establece
Estatuto de Personal de carácter especial de la Comisión para el Mercado Financiero, señala que:
"El personal de la Comisión será evaluado anualmente de acuerdo a las normas del Reglamento,
dictado por el Ministerio de Hacienda, que establecerá un mecanismo público y objetivo de
evaluación".
2. Que, el artículo 43 de la ley N° 21.306, que otorga reajuste de remuneraciones a los
trabajadores del sector público, concede aguinaldos que señala, concede beneficios que indica y
modifica diversos cuerpos legales, dispone que: "El reglamento de calificaciones a que se refiere
el artículo 49 del decreto con fuerza de ley N° 1, de 2018, del Ministerio de Hacienda, deberá
dictarse, a más tardar, el 30 de junio de 2021".
Decreto:
Apruébase el siguiente Reglamento de Calificaciones del personal de la Comisión para el
Mercado Financiero:
TÍTULO I
Disposiciones Generales
Artículo 1°. El proceso de calificación de la Comisión para el Mercado Financiero, en
adelante "CMF", tendrá por objeto evaluar el desempeño de cada funcionario, en el período anual
anterior, basándose en el mérito y enfocado hacia el logro de los objetivos estratégicos
institucionales, promoviendo el desarrollo y mejoramiento continuo del desempeño de las
personas. Las calificaciones servirán de base para la selección del personal a capacitar, el
otorgamiento de estímulos, la promoción, la remoción o el término de la relación laboral.
Artículo 2°. Todos los funcionarios de planta, contrata indefinida y contrata a plazo fijo,
serán calificados anualmente en alguna de las siguientes listas:

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