Decreto número 1.160, de 2020.- Fija parámetro remuneracional y porcentaje de la diferencia entre dicho parámetro y la remuneración bruta mensualizada, determinada en conformidad a lo previsto en el decreto del Ministerio de Educación N° 230, de 2016, al cual ascenderá la asignación establecida en el artículo 3° de la ley N° 20.905, para el periodo comprendido entre el mes de julio de 2020 y el mes de junio de 2021 - 22 de Agosto de 2020 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 875068438

Decreto número 1.160, de 2020.- Fija parámetro remuneracional y porcentaje de la diferencia entre dicho parámetro y la remuneración bruta mensualizada, determinada en conformidad a lo previsto en el decreto del Ministerio de Educación N° 230, de 2016, al cual ascenderá la asignación establecida en el artículo 3° de la ley N° 20.905, para el periodo comprendido entre el mes de julio de 2020 y el mes de junio de 2021

Fecha de publicación22 Agosto 2020
Número de registroCVE-1804380
SecciónNormas Generales
EmisorMINISTERIO DE HACIENDA
Número de Gaceta42.737
CVE 1804380 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 42.737 | Sábado 22 de Agosto de 2020 | Página 1 de 2
Normas Generales
CVE 1804380
MINISTERIO DE HACIENDA
FIJA PARÁMETRO REMUNERACIONAL Y PORCENTAJE DE LA DIFERENCIA
ENTRE DICHO PARÁMETRO Y LA REMUNERACIÓN BRUTA MENSUALIZADA,
DETERMINADA EN CONFORMIDAD A LO PREVISTO EN EL DECRETO
SUPREMO DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN N° 230, DE 2016, AL CUAL
ASCENDERÁ LA ASIGNACIÓN ESTABLECIDA EN EL ARTÍCULO 3° DE LA LEY N°
20.905, PARA EL PERIODO COMPRENDIDO ENTRE EL MES DE JULIO DE 2020 Y
EL MES DE JUNIO DE 2021
Núm. 1.160.- Santiago, 3 de agosto de 2020.
Visto:
Lo dispuesto en el artículo 32 N° 6, de la Constitución Política de la República; en el
artículo 3° de la ley N° 20.905, que regulariza beneficios de estudiantes, sostenedores y
trabajadores de la educación que indica; el decreto supremo N° 230, de 2016, del Ministerio de
Educación, que reglamenta la asignación para el personal que se desempeña en las funciones de
director, educador de párvulos, técnicos de educación parvularia, administrativo y auxiliar en los
Establecimientos de Educación Parvularia Financiados por la Junta Nacional de Jardines
Infantiles a que se refiere el artículo 3° de la ley N° 20.905, y la resolución N° 6, de 2019, de la
Contraloría General de la República.
Considerando:
1.- Que la ley N° 20.905 en su artículo 3°, establece que un decreto supremo del Ministerio
de Hacienda, suscrito además por el Ministro de Educación, fijará anualmente el parámetro
remuneracional y el porcentaje de la diferencia entre dicho parámetro y la remuneración bruta
mensualizada, al cual ascenderá la asignación para el personal que desempeña las funciones que
dicha disposición indica, en establecimientos de educación parvularia financiados por la Junta
Nacional de Jardines Infantiles.
2.- Que los valores que se establezcan regirán para el periodo comprendido entre el mes de
julio de 2020 y el mes de junio de 2021.
3.- Que de acuerdo a la citada norma, el referido parámetro tendrá en consideración la
remuneración bruta pagada por la Junta Nacional de Jardines Infantiles al personal de su
dependencia que desempeña las funciones de director, educador de párvulos, técnico de
educación parvularia, administrativo y auxiliar en los establecimientos que administra de manera
directa, de acuerdo a los criterios definidos en el inciso segundo del artículo 4° del decreto
supremo N° 230, de 2016, del Ministerio de Educación.
Decreto:
Artículo 1°.- El parámetro remuneracional que se aplicará para el periodo comprendido
entre los meses de julio de 2020 y junio de 2021, será el siguiente:

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