Decreto núm. 984 EXENTO, publicado el 16 de Febrero de 2018. MODIFICA CONCESIÓN DE SERVICIO INTERMEDIO DE TELECOMUNICACIONES A LA EMPRESA TRANSAM COMUNICACIONES S.A.
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES |
Rango de Ley | Decreto |
MODIFICA CONCESIÓN DE SERVICIO INTERMEDIO DE TELECOMUNICACIONES A LA EMPRESA TRANSAM COMUNICACIONES S.A.
Santiago, 21 de diciembre de 2017.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
Núm. 984 exento.
Vistos:
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El decreto ley Nº 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría.
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La Ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la Ley.
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La resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón
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El decreto supremo Nº 103, de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
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La resolución exenta N° 4.902, de 2009, de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, que fijó la Norma Técnica para el Servicio Intermedio de Telecomunicaciones que opera en la banda de 900 MHz; y
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Los decretos supremos Nº 322 y N° 333, ambos de 2010, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorgaron la concesión y sus modificaciones posteriores.
Considerando:
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Lo solicitado por la interesada mediante ingreso Subtel N° 46.887, de 06.04.2017.
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La solicitud de autorización provisoria de la modificación de la concesión indicada en la letra precedente, ingreso Subtel N° 70.935, de 31.05.2017, por cuyo intermedio la interesada expuso los fundamentos de su petición, en torno a la gravedad y urgencia que justifican acceder a ella. Autorizada a través de resolución exenta N° 1.243, de 2017.
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Que no se presentaron oposiciones a la publicación en extracto de la solicitud de modificación de concesión.
Decreto:
Modifícase la concesión de Servicio Intermedio de Telecomunicaciones otorgada a la empresa Transam Comunicaciones S.A., RUT. Nº 96.652.650-5, con domicilio en Avenida Costanera N° 2760, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes.
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Autorízase a la concesionaria para instalar, operar y explotar una (1) estación base, según se indica a continuación:
La estación base se conectará a la red existente, a través de medios propios o de terceros debidamente autorizados.
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Los plazos máximos se indican a continuación:
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La resolución exenta N° 1.243, de 2017, que autorizó provisoriamente la modificación de la concesión, dictada por el...
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