Decreto núm. 92, publicado el 07 de Marzo de 2018. DESAFÉCTASE PARTE DEL PARQUE NACIONAL VICENTE PÉREZ ROSALES, UBICADO EN LA COMUNA DE PUERTO VARAS, PROVINCIA DE LLANQUIHUE, REGIÓN DE LOS LAGOS - MINISTERIO DE BIENES NACIONALES - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 705159005

Decreto núm. 92, publicado el 07 de Marzo de 2018. DESAFÉCTASE PARTE DEL PARQUE NACIONAL VICENTE PÉREZ ROSALES, UBICADO EN LA COMUNA DE PUERTO VARAS, PROVINCIA DE LLANQUIHUE, REGIÓN DE LOS LAGOS

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE BIENES NACIONALES
Rango de LeyDecreto

DESAFÉCTASE PARTE DEL PARQUE NACIONAL VICENTE PÉREZ ROSALES, UBICADO EN LA COMUNA DE PUERTO VARAS, PROVINCIA DE LLANQUIHUE, REGIÓN DE LOS LAGOS

Núm. 92.- Santiago, 22 de agosto de 2017.

Vistos:

Estos antecedentes; lo solicitado por el Secretario Regional Ministerial de Bienes Nacionales de Los Lagos, mediante oficio N° 3.774, de 18 de agosto de 2015; por el Ministerio de Bienes Nacionales Mediante Ord. Gabm. N° 195, de 7 de abril de 2017; lo informado por la Corporación Nacional Forestal en oficio Ord. N° 459, de 28 de julio de 2017; lo dispuesto por el Ministro de Agricultura en su oficio N° 488, de 2 de agosto de 2017; lo dispuesto en el artículo 21 del decreto ley N° 1.939, de 1977; el DS N° 531, de 1967, del Ministerio de Relaciones Exteriores, que ordenó cumplir como ley de la República la "Convención para la Protección de la Flora, la Fauna y las Bellezas Escénicas Naturales de América", suscrita en Washington D.C., Estados Unidos de Norteamérica, el 12 de octubre de 1940; el DS N° 868 de 1981 del Ministerio de Relaciones Exteriores, que ordenó cumplir como la Ley de la República, la convención sobre "Conservación de Especies Migratorias de Fauna Salvajes"; el decreto supremo N° 1.963, de 1994 del Ministerio de Relaciones Exteriores, que ordenó cumplir como la Ley de la República, la Convención sobre "Conservación sobre Diversidad Biológica", y la resolución N° 1.600, de 2008 de la Contraloría General de la República.

Considerando:

Que mediante decreto supremo N° 552, de 17 de agosto de 1926, del Ministerio de Tierras y Colonización, actual Ministerio de Bienes Nacionales, se creó el "Parque Nacional Vicente Pérez Rosales", en terrenos fiscales, con una superficie total aproximada de 135,175 hectáreas, ubicado en la provincia de Llanquihue, Región de Los Lagos y cuyo objeto de protección fue evitar el agotamiento y destrucción de las bellezas naturales;

Que el decreto de creación en su N° 2, de la parte resolutiva, dejó expresa constancia que la creación del Parque de Turismo, es sin perjuicio de los derechos de los ocupantes que existen dentro de los terrenos afectos a él, como tampoco de los compromisos y contratos que haya celebrado el Fisco y queden comprendidos en esos mismos suelos;

Que al interior del Parque Nacional Vicente Pérez Rosales, se han identificado 12 familias con carácter de ocupantes históricos, con quienes la Corporación Nacional Forestal (Conaf), a partir de la suscripción del "Protocolo de Acuerdo" en el mes de enero de 2004, inició un procedimiento tendiente a la regularización de su ocupación, de conformidad con lo señalado en el N° 2, del decreto que crea el área silvestre protegida en el año 1926.

Que el Ministerio de Bienes Nacionales en el marco del protocolo de acuerdo citado precedentemente, ha realizado un trabajo técnico destinado a mensurar cada una de las ocupaciones ubicadas al interior del Parque Nacional.

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21 del decreto ley 1.939, de 1977, el Ministerio de Bienes Nacionales ha solicitado informe previo a la Corporación Nacional Forestal y al Ministerio de Agricultura, instituciones que se han manifestado favorablemente a la exclusión de los inmuebles fiscales ocupados históricamente a favor de cada una de las familias solicitantes.

Que según los antecedentes tenidos a la vista, existen fundamentos suficientes para iniciar el procedimiento de regularización de la ocupación histórica de 12 familias ubicadas al interior del Parque Nacional Vicente Pérez Rosales,

Decreto:

  1. Desaféctase de su calidad de "Parque Nacional Vicente Pérez Rosales", los siguientes inmuebles fiscales:

    1. Inmueble de una superficie de 20 hectáreas...

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