Decreto núm. 92 EXENTO, publicado el 28 de Febrero de 2018. ACTUALIZA EL 'CENTRO DE INTERÉS TURÍSTICO NACIONAL ÁREAS DE LA COMUNA DE ARICA' DENOMINÁNDOLA 'ZONA DE INTERÉS TURÍSTICO ARICA, CASCO HISTÓRICO Y BORDE COSTERO' - MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 704473437

Decreto núm. 92 EXENTO, publicado el 28 de Febrero de 2018. ACTUALIZA EL 'CENTRO DE INTERÉS TURÍSTICO NACIONAL ÁREAS DE LA COMUNA DE ARICA' DENOMINÁNDOLA 'ZONA DE INTERÉS TURÍSTICO ARICA, CASCO HISTÓRICO Y BORDE COSTERO'

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
Rango de LeyDecreto

ACTUALIZA EL "CENTRO DE INTERÉS TURÍSTICO NACIONAL ÁREAS DE LA COMUNA DE ARICA" DENOMINÁNDOLA "ZONA DE INTERÉS TURÍSTICO ARICA, CASCO HISTÓRICO Y BORDE COSTERO"

Núm. 92 exento.- Santiago, 21 de febrero de 2018.

Visto:

Lo dispuesto en la ley Nº 20.423, del Sistema Institucional para el Desarrollo del Turismo; en la Ley Nº 19.880 que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en el decreto Nº 30, de 2016, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo de Economía de la Región de Arica y Parinacota; la resolución Administrativa exenta Nº 1 del 18 de marzo del 2016, de la Secretaría Regional Ministerial; en el Acta del Comité de Ministros del Turismo que da cuenta de la sesión ordinaria Nº 17, de 25 de enero de 2018; y en la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República.

Considerando:

  1. - Que, la resolución 121, de 1994 del Servicio Nacional del Turismo declaró como Centro de Interés Turístico Nacional las áreas de la Comuna de Arica descritas en dicha resolución.

  2. - Que, el Reglamento que fija el procedimiento para la declaración de Zona de Interés Turístico establece en su artículo primero transitorio que las zonas de interés turístico del decreto ley Nº 1.224, de 1975 deberán actualizarse dentro del plazo de 36 meses, contados desde la publicación del reglamento.

  3. - Que, durante el mes de marzo de 2016 se presentó una solicitud para actualizar la ZOIT "Arica, Casco Histórico y Borde Costero.".

  4. - Que, en sesión ordinaria del Comité de Ministros del Turismo N° 17, de fecha 31 de enero de 2018, se aprobó por unanimidad la solicitud de declaratoria para el territorio conformado por parte de la comuna de Arica, en la Región de Arica y Parinacota, así como su respectivo plan de acción.

  5. - Que el territorio denominado Arica, Casco Histórico y Borde Costero, posee una oferta basada en actividades de turismo activo en el borde costero tales como surf, bodyboard, kayak, buceo, parapente, también actividades de sol y playa, edificios patrimoniales del casco histórico, como también la presencia multicultural dada por su ubicación geográfica fronteriza, que se manifiesta por instancias culturales de relevante jerarquía como el Carnaval con la Fuerza del Sol, el tercer carnaval más grande en América Latina.

  6. - Que, entre las condiciones especiales para la atracción turística identificadas para el territorio...

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