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Decreto núm. 917 EXENTO, publicado el 18 de Octubre de 2018. MODIFICA DE OFICIO CONCESIONES DE RADIODIFUSIÓN SONORA EN FRECUENCIA MODULADA QUE INDICA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Rango de LeyDecreto

MODIFICA DE OFICIO CONCESIONES DE RADIODIFUSIÓN SONORA EN FRECUENCIA MODULADA QUE INDICA

Santiago, 26 de septiembre de 2018.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:

Núm. 917 exento.

Vistos:

  1. El decreto ley Nº 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante, la Subsecretaría;

  2. La Ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante, la ley;

  3. La resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón;

  4. El decreto supremo Nº 126, de 1997, y sus modificaciones, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que aprobó el Reglamento de Radiodifusión Sonora, en adelante el Reglamento;

  5. La resolución exenta Nº 479, de 1999, y sus modificaciones, de la Subsecretaría, que fija norma técnica para el servicio de radiodifusión sonora;

  6. El decreto supremo Nº 166, de 31.03.1998, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorgó una concesión de radiodifusión sonora en Frecuencia Modulada para la localidad de Curacaví, Región Metropolitana de Santiago, señal distintiva XQB-199, a Sociedad Radiodifusora Panorámica de Curacaví Limitada;

    Considerando:

  7. Que, mediante el decreto señalado en la letra f) de los vistos, se otorgó una concesión de radiodifusión sonora en Frecuencia Modulada para la localidad de Curacaví, Región Metropolitana de Santiago, señal distintiva XQB-199, asignándosele la frecuencia 107,3 MHz;

  8. Que, de acuerdo a la ley Nº 20.433, de 2010, la frecuencia 107,3 MHz está dentro del segmento especial del espectro radioeléctrico reservado para las concesiones de Servicios de Radiodifusión Comunitaria Ciudadana para la Región Metropolitana de Santiago;

  9. Que, según el resultado de la factibilidad y mediciones en terreno, obtenidas por la Subsecretaría de Telecomunicaciones, se llegó a la conclusión que de acuerdo a los valores de intensidad de campo encontrados en el sector, es factible el cambio de frecuencia para la concesión XQB-199, estableciéndose la nueva de 90,3 MHz, en lugar de la anterior 107,3 MHz;

  10. Que, el artículo 5º transitorio de la ley 20.433 dispuso que, para los efectos de facilitar la ejecución del artículo 3º de la misma ley, la Subsecretaría tramitaría de oficio, con acuerdo del titular, la modificación de elementos de la esencia de una concesión de radiodifusión sonora, que no sean plazos ni tipo de servicio;

  11. Que, por carta de fecha 23.08.2018, ingreso Subtel Nº 123.910, de...

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