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Decreto núm. 91 EXENTO, publicado el 28 de Abril de 2023. MODIFICACIÓN DE CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO TELEFÓNICO A LA COMPAÑÍA DE TELÉFONOS DE COYHAIQUE S.A.

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Rango de LeyDecreto

MODIFICACIÓN DE CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO TELEFÓNICO A LA COMPAÑÍA DE TELÉFONOS DE COYHAIQUE S.A.

Santiago, 2 de febrero de 2023.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:

Núm. 91 exento.

Vistos:

  1. El decreto ley Nº 1.762 de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría.

  2. La Ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley.

  3. La resolución N° 7 de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.

  4. El decreto supremo Nº 103 de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.

  5. El decreto supremo Nº 233 de 1992, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorgó la concesión, y sus modificaciones posteriores.

    Considerando:

  6. Lo solicitado por la interesada mediante ingreso Subtel N° 216.212 de 23.12.2022.

  7. Que la solicitud modifica elementos de la concesión no contemplados en el inciso quinto del artículo 14º de la ley, por lo que en la especie no son aplicables las normas de los artículos 15º y 16º de la misma, es decir, no requiere de publicación del extracto de la solicitud.

    Decreto:

    Modifícase la concesión de Servicio Público Telefónico a la Compañía de Teléfonos de Coyhaique S.A., RUT Nº 92.047.000-9, con domicilio en calle Simón Bolívar Nº 161, comuna de Coyhaique, Región de Aysén, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes:

    1. Autorízase a la concesionaria para instalar, operar y explotar dos (2) concentradores telefónicos remotos (Nodos) en las localidades de Villa Amengual y Villa Mañihuales, según se indica a continuación:

      La interconexión de los concentradores telefónicos remotos con el centro local de Coyhaique, se realizará por medios propios y/o de terceros, debidamente autorizados.

    2. Ubicación de las instalaciones, según se indica a continuación:

    3. Ampliar la Zona de Servicio incorporando las localidades de Villa Amengual y Villa Mañihuales, delimitadas por los perímetros formados por las calles y límites que se individualizan a continuación:

      Villa Amengual:

      Partiendo desde un punto ubicado en la Ruta-7 hacia Puerto Cisnes, coordenadas UTM: Este 720589.93 m., y Sur 5041543.77 m., (UTM84 - 18S), se desplaza hacia el Sureste en dos tramos, el primero en 340 metros y el segundo en 570 metros; desde esta ubicación se dirige hacia el Sur en 115 metros, cruzando la Ruta-7 hacia Villa Mañihuales; desde aquí avanza hacia el Oeste en 350 metros y...

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