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Decreto núm. 909 EXENTO, publicado el 10 de Febrero de 2024. MODIFICA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE TRANSMISIÓN DE DATOS A LA EMPRESA GONZALO FARÍAS GUERRA EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Rango de LeyDecreto

MODIFICA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE TRANSMISIÓN DE DATOS A LA EMPRESA GONZALO FARÍAS GUERRA EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA

Santiago, 27 de noviembre de 2023.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:

Núm. 909 exento.

Vistos:

  1. El decreto ley Nº 1.762 de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría.

  2. La Ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley.

  3. La resolución Nº 7 de 2019, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.

  4. El decreto supremo Nº 103 de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.

  5. Resolución exenta Nº 517 de 2001, de esta Subsecretaría, que Fija Norma Técnica para el Uso de la banda de frecuencias 5.725 - 5.850 MHz y sus modificaciones posteriores.

  6. Resolución exenta Nº 1.558 de 2008, de esta Subsecretaría, que Fija Norma Técnica para el Uso de la Banda de Frecuencias 5.250 - 5.350 MHz y 5.470 - 5.725 MHz y sus modificaciones posteriores.

  7. El decreto supremo Nº 9, de 2018, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorgó la concesión y sus modificaciones.

    Considerando:

  8. Lo solicitado por la interesada mediante ingreso Subtel Nº 171.291 de 23.07.2020. Complementado mediante ingreso Subtel Nº 307.261 de 17.12.2020.

  9. Que no se presentaron oposiciones a la publicación en extracto de la solicitud de concesión.

    Decreto:

    Modifícase la concesión de Servicio Público de Transmisión de Datos, otorgada a la empresa Gonzalo Farías Guerra Empresa Individual de Responsabilidad Limitada, RUT Nº 76.545.301-1, con domicilio en Avenida Las Tinajas Nº 1584, comuna de Maipú, Región Metropolitana de Santiago, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes:

    1. Instalar, operar y explotar estaciones punto a multipunto, cuyas características se indican a continuación:

    2. Instalar, operar y explotar estaciones punto a punto, cuyas características se indican a continuación:

    3. Instalar, operar y explotar los siguientes tramos de Fibra Óptica, según se indica a continuación:

    4. Ubicación de centro emisor, nodos ópticos y estaciones:

      Para la Región Metropolitana de Santiago:

      Las interconexiones a las redes públicas existentes, serán a través de medios propios o de terceros debidamente autorizados

    5. La zona de servicio corresponderá a la comuna de Padre Hurtado, Región Metropolitana de Santiago.

    6. Las concesionarias que utilicen las bandas 5.250...

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