Decreto núm. 852, publicado el 17 de Agosto de 2017. AUTORIZA MEDIDAS DE ALIVIO TRIBUTARIO PARA EL PAGO DE PATENTES ANUALES DE PEQUEÑOS MINEROS Y MINEROS ARTESANALES DE LAS REGIONES DE ATACAMA Y COQUIMBO DECRETADAS COMO ZONA DE CATÁSTROFE
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA |
Rango de Ley | Decreto |
AUTORIZA MEDIDAS DE ALIVIO TRIBUTARIO PARA EL PAGO DE PATENTES ANUALES DE PEQUEÑOS MINEROS Y MINEROS ARTESANALES DE LAS REGIONES DE ATACAMA Y COQUIMBO DECRETADAS COMO ZONA DE CATÁSTROFE
Núm. 852.- Santiago, 9 de junio de 2017.
Visto:
Lo dispuesto en el artículo 32°, N° 6, de la Constitución Política de la República de Chile; en el decreto supremo N° 104, de 29 de enero de 1977, del Ministerio del Interior, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado del Título I, de la ley N° 16.282, sobre disposiciones permanentes para casos de sismos o catástrofes y sus modificaciones; en la ley N° 20.981, de Presupuestos para el Sector Público, correspondiente al año 2017; los decretos N° 716 y N° 717, ambos de 13 de mayo de 2017, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública; en los artículos 143 y 147, del Código de Minería; en la resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, y
Considerando:
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- Que, mediante el decreto supremo N° 716, de fecha 13 de mayo de 2017, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, se declaró como zona afectada por catástrofe a las regiones de Atacama y Coquimbo, debido a que diversas localidades fueron afectadas por un evento hidrometeorológico, consistente en abundantes lluvias que han provocado una alteración de cursos normales de agua y desbordes de ríos hacia las ciudades, produciéndose daños en las personas, caminos y viviendas.
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- Que, a consecuencia de lo descrito en el numeral anterior, el Ministerio del Interior y Seguridad Pública, a través del decreto supremo N° 717, de fecha 13 de mayo de 2017, dictó como norma de excepción que el Ministerio de Obras Públicas no realice propuestas públicas o privadas, declarando de emergencia la contratación de estudios, consultorías, asesorías y obras relacionadas con el objeto del decreto; y asimismo, facultó al singularizado Ministerio para colaborar o ejecutar las acciones de intervención, despeje y limpieza de alcantarillados, cauces, quebradas, vías, caminos y calles en las zonas afectadas.
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- Que, las catástrofes en las regiones de Atacama y Coquimbo, han afectado gravemente al sector minero, perjudicando considerablemente a las personas que se dedican a dicha actividad económica, especialmente a los pequeños mineros y mineros artesanales, por lo que se ha estimado conveniente que la Tesorería General de la República, pueda...
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