Decreto núm. 85, publicado el 02 de Septiembre de 2019. MODIFICA DECRETO SUPREMO Nº 31, DE 2017, DEL MINISTERIO DE SALUD, QUE DETERMINA APORTE ESTATAL A MUNICIPALIDADES QUE INDICA PARA SUS ENTIDADES ADMINISTRADORAS DE SALUD MUNICIPAL, EN LA FORMA QUE INDICA
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE SALUD |
Rango de Ley | Decreto |
MODIFICA DECRETO SUPREMO Nº 31, DE 2017, DEL MINISTERIO DE SALUD, QUE DETERMINA APORTE ESTATAL A MUNICIPALIDADES QUE INDICA PARA SUS ENTIDADES ADMINISTRADORAS DE SALUD MUNICIPAL, EN LA FORMA QUE INDICA
Núm. 85.- Santiago, 28 de diciembre de 2018.
Vistos:
Lo solicitado mediante memorándum C73 Nº 134, de 2018, de la División de Presupuesto del Ministerio de Salud; lo dispuesto en la Ley Nº 19.378, que establece el Estatuto de Atención Primaria de Salud Municipal; en el decreto supremo Nº 2.296, de 1995, del Ministerio de Salud, que aprueba el Reglamento General de la ley Nº 19.378; en el decreto con fuerza de ley Nº 1, de 2005, del Ministerio de Salud, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto ley Nº 2.763, de 1979, y de las leyes Nº 18.933 y Nº 18.469; la ley Nº 21.126 que otorga reajuste de remuneraciones a los trabajadores del sector público y concede otros beneficios que indica; en el decreto supremo Nº 31 de 2017, del Ministerio de Salud, que determina el aporte estatal a municipalidades que indica para sus entidades administradoras de salud municipal por período que señala, y en la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón, y
Considerando:
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Que, el artículo 49 de la ley Nº 19.378, dispone que cada entidad administradora de salud municipal recibirá mensualmente, del Ministerio de Salud, a través de los Servicios de Salud y por intermedio de las municipalidades correspondientes, un aporte estatal en base a la incidencia de los criterios allí establecidos.
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Que, el aludido aporte estatal se determina anualmente mediante decreto fundado del Ministerio de Salud, previa consulta al Gobierno Regional correspondiente, debiendo suscribirse, además, por los Ministros del Interior y de Hacienda.
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Que, para el año 2018, el referido aporte estatal se determinó mediante el decreto supremo Nº 31 de 27 de diciembre de 2017, del Ministerio de Salud.
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Que, es necesario considerar la entrada en vigencia de la ley Nº 21.126, que otorga reajuste de remuneraciones a los trabajadores del sector público, concede aguinaldos que señala, concede otros beneficios que indica, y modifica diversos cuerpos legales.
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En este sentido, el artículo 1 de la citada ley Nº 21.126 otorga, a contar del 1 de diciembre de 2018, un reajuste de 3,5% a las remuneraciones, asignaciones, beneficios y demás retribuciones en...
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