Decreto núm. 84, publicado el 05 de Noviembre de 2020. OTORGA A ELETRANS III S.A., CONCESIÓN ELÉCTRICA DEFINITIVA PARA ESTABLECER EL TRAMO 3 DE LA LÍNEA DE TRANSMISIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA DENOMINADA 'LÍNEA ELÉCTRICA 2x220 KV NUEVA MAITENCILLO-PUNTA COLORADA', EN LAS REGIONES DE ATACAMA Y COQUIMBO, PROVINCIAS DE HUASCO Y ELQUI, COMUNAS DE FREIRINA, VALLENAR Y LA HIGUERA - MINISTERIO DE ENERGÍA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 851395773

Decreto núm. 84, publicado el 05 de Noviembre de 2020. OTORGA A ELETRANS III S.A., CONCESIÓN ELÉCTRICA DEFINITIVA PARA ESTABLECER EL TRAMO 3 DE LA LÍNEA DE TRANSMISIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA DENOMINADA 'LÍNEA ELÉCTRICA 2x220 KV NUEVA MAITENCILLO-PUNTA COLORADA', EN LAS REGIONES DE ATACAMA Y COQUIMBO, PROVINCIAS DE HUASCO Y ELQUI, COMUNAS DE FREIRINA, VALLENAR Y LA HIGUERA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE ENERGÍA
Rango de LeyDecreto

OTORGA A ELETRANS III S.A., CONCESIÓN ELÉCTRICA DEFINITIVA PARA ESTABLECER EL TRAMO 3 DE LA LÍNEA DE TRANSMISIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA DENOMINADA "LÍNEA ELÉCTRICA 2x220 KV NUEVA MAITENCILLO-PUNTA COLORADA", EN LAS REGIONES DE ATACAMA Y COQUIMBO, PROVINCIAS DE HUASCO Y ELQUI, COMUNAS DE FREIRINA, VALLENAR Y LA HIGUERA

Núm. 84.- Santiago, 29 de septiembre de 2020.

Visto:

Lo informado por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles en su oficio Ord. Nº 5188/ACC 2717617/DOC 2486870, de 28 de agosto de 2020; lo dispuesto en los artículos 11º y 29º del decreto con fuerza de ley Nº 4/20.018, de 2006, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto con fuerza de ley Nº 1, de Minería, de 1982, Ley General de Servicios Eléctricos, en materia de energía eléctrica, en adelante la "Ley General de Servicios Eléctricos", y sus modificaciones posteriores; en la ley Nº 19.880, de 2003, que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; en la resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, y

Considerando:

  1. Lo informado por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles en su oficio Ord. Nº 5188/ACC 2717617/DOC 2486870, de 28 de agosto de 2020, el cual pasa a formar parte del presente acto administrativo, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 41 de la ley Nº 19.880, que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado.

  2. Que, la resolución exenta Nº 31.675, de 27 de enero de 2020, de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, acogió la petición de división de la solicitud de concesión definitiva para establecer las Instalaciones relativas al proyecto de transmisión de energía eléctrica denominado "Línea Eléctrica 2x220 kV Nueva Maitencillo-Punta Colorada", dividiéndose la concesión solicitada en siete tramos.

  3. Que, la aceptación de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, señalada en el considerando anterior, se efectuó de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 29º de la Ley General de Servicios Eléctricos, dividiéndose materialmente la concesión solicitada en siete tramos, correspondiendo el presente acto administrativo al Tramo 3.

Decreto:

Artículo 1º

Otórguese a Eletrans III S.A. concesión definitiva para establecer el Tramo 3 de la línea de transmisión de energía eléctrica denominada "Línea Eléctrica 2x220 kV Nueva Maitencillo-Punta Colorada", en la regiones de Atacama y Coquimbo, provincias de Huasco y Elqui, comunas de Freirina, Vallenar y La Higuera, respectivamente.

Artículo 2º

El Tramo 3 que se pretende establecer mediante el presente decreto, forma parte del proyecto denominado "Línea Eléctrica 2x220 kV Nueva Maitencillo-Punta Colorada", que...

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