Decreto núm. 82 EXENTO, publicado el 03 de Septiembre de 2019. MODIFICA REGLAMENTO DEL SERVICIO DE BIENESTAR DE LA SECRETARÍA Y ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL MINISTERIO DE JUSTICIA, APROBADO POR DECRETO SUPREMO Nº 16, DE 1997, DEL MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL - MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 810543053

Decreto núm. 82 EXENTO, publicado el 03 de Septiembre de 2019. MODIFICA REGLAMENTO DEL SERVICIO DE BIENESTAR DE LA SECRETARÍA Y ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL MINISTERIO DE JUSTICIA, APROBADO POR DECRETO SUPREMO Nº 16, DE 1997, DEL MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL
Rango de LeyDecreto

MODIFICA REGLAMENTO DEL SERVICIO DE BIENESTAR DE LA SECRETARÍA Y ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL MINISTERIO DE JUSTICIA, APROBADO POR DECRETO SUPREMO Nº 16, DE 1997, DEL MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL

Núm. 82 exento.- Santiago, 5 de junio de 2019.

Visto:

Lo dispuesto en el artículo 134 de la ley Nº 11.764, en el artículo 24 de la ley Nº 16.395, en el artículo único de la ley Nº 17.538; en el DFL Nº 25, de 1959, del Ministerio de Hacienda, que Crea el Ministerio del Trabajo y Previsión Social; en el decreto con fuerza de ley Nº 3, de 2016, del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, que Fija el Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley Orgánica de dicha Cartera de Estado; en el decreto supremo Nº 28, de 1994, en el decreto supremo Nº 4, de 2013, en el decreto supremo Nº 16, de 1997, en el decreto supremo Nº 23 de 2018, que Designa a doña María José Zaldívar Larraín en el cargo de Subsecretaria de Previsión Social; todos del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; en la ley Nº 20.830, que Crea el Acuerdo de Unión Civil; en la ley Nº 20.885, que Crea la Subsecretaría de Derechos Humanos y Adecúa la Ley Orgánica del Ministerio de Justicia; el decreto Nº 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; en el decreto supremo Nº 413, de 2018, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública; la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, lo informado por la Superintendencia de Seguridad Social, y la facultad que me confiere el artículo 326 de la Constitución Política de la República de Chile.

Considerando:

  1. Que, mediante el decreto supremo Nº 16, de 1997, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, se aprobó el Reglamento del Servicio de Bienestar de la Secretaría y Administración General del Ministerio de Justicia.

  2. Que, posteriormente, a través de la ley Nº 20.885, se creó la Subsecretaría de Derechos Humanos y se adecuó la Ley Orgánica del Ministerio de Justicia; efectuando modificaciones, entre otras normas, al artículo 4º del DFL Nº 3, de 2016, del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. En virtud de lo anterior, se incorporó la Subsecretaría de Derechos Humanos a la estructura orgánica funcional del referido Ministerio.

  3. Que, en atención a que el Servicio de Bienestar de la Secretaría y Administración General del Ministerio de Justicia, fue creado con anterioridad a la Subsecretaría de Derechos Humanos, sus funcionarios/as no forman parte del mismo, por lo que...

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