Decreto núm. 82 EXENTA, publicado el 31 de Enero de 2017. MODIFICA RESOLUCIÓN Nº 393 EXENTA, DE 7 DE MARZO DE 2001, DEL MINISTERIO DE SALUD, QUE APRUEBA EL ARANCEL PARA LAS PRESTACIONES QUE OTORGA EL INSTITUTO DE SALUD PÚBLICA DE CHILE - MINISTERIO DE SALUD - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 663728237

Decreto núm. 82 EXENTA, publicado el 31 de Enero de 2017. MODIFICA RESOLUCIÓN Nº 393 EXENTA, DE 7 DE MARZO DE 2001, DEL MINISTERIO DE SALUD, QUE APRUEBA EL ARANCEL PARA LAS PRESTACIONES QUE OTORGA EL INSTITUTO DE SALUD PÚBLICA DE CHILE

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE SALUD
Rango de LeyDecreto

MODIFICA RESOLUCIÓN Nº 393 EXENTA, DE 7 DE MARZO DE 2001, DEL MINISTERIO DE SALUD, QUE APRUEBA EL ARANCEL PARA LAS PRESTACIONES QUE OTORGA EL INSTITUTO DE SALUD PÚBLICA DE CHILE

Núm. 82 exenta.- Santiago, 23 de enero de 2017.

Visto:

Lo solicitado mediante el ordinario Nº 1.803, de 16 de noviembre de 2016, del Director (TyP) del Instituto de Salud Pública de Chile; lo dispuesto en el decreto con fuerza de ley Nº 1, de 2005, del Ministerio de Salud, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto ley Nº 2.763, de 1979, y de las leyes Nº 18.933 y Nº 18.469; en la resolución exenta Nº 393, de 7 de marzo de 2001, del Ministerio de Salud y sus modificaciones, que aprueba el arancel para las prestaciones que otorga el Instituto de Salud Pública de Chile; en la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón; y

Considerando:

  1. - Que, el Instituto de Salud Pública de Chile, es un servicio público funcionalmente descentralizado, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propio, el cual depende del Ministerio de Salud para los efectos de someterse a la supervigilancia de éste en su funcionamiento y a cuyas políticas, normas y planes generales debe sujetarse en el ejercicio de sus actividades.

  2. - Que, el artículo 59 del decreto con fuerza de ley Nº 1, de 2005, del Ministerio de Salud, le reconoce al Instituto de Salud Pública de Chile, la función de ejercer las actividades relativas al control de calidad de medicamentos, alimentos de uso médico y demás productos sujetos a control sanitario.

  3. - Que, luego, el artículo 61 letra g) del decreto con fuerza de ley Nº 1, de 2005, del Ministerio de Salud, le reconoce al Director del Instituto de Salud Pública de Chile, la atribución de proponer al Ministerio de Salud, para su aprobación, los aranceles de derechos que percibirá el Instituto de Salud Pública de Chile por el ejercicio de sus funciones de control.

  4. - Que, mediante el ordinario Nº 1.803, de 16 de noviembre de 2016, el Director (TyP) del Instituto de Salud Pública de Chile, solicitó actualizar la resolución exenta Nº 393, de 7 de marzo de 2001, del Ministerio de Salud, que aprueba el arancel para las prestaciones que otorga el Instituto de Salud Pública de Chile.

  5. - Que, en efecto, existe la necesidad de modificar la resolución en comento, eliminando 3 códigos e incorporando 1, dado el proceso de homologación actual existente entre ellos...

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