Decreto núm. 80 EXENTO, publicado el 31 de Agosto de 2018. ELIMINA DEL REGISTRO PÚBLICO DE CONSULTORES Y EJECUTORES DEL FONDO DE SOLIDARIDAD E INVERSIÓN SOCIAL A 'CAPACITADORA TIC RED CHILOÉ PALENA LIMITADA' - MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 737732873

Decreto núm. 80 EXENTO, publicado el 31 de Agosto de 2018. ELIMINA DEL REGISTRO PÚBLICO DE CONSULTORES Y EJECUTORES DEL FONDO DE SOLIDARIDAD E INVERSIÓN SOCIAL A 'CAPACITADORA TIC RED CHILOÉ PALENA LIMITADA'

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
Rango de LeyDecreto

ELIMINA DEL REGISTRO PÚBLICO DE CONSULTORES Y EJECUTORES DEL FONDO DE SOLIDARIDAD E INVERSIÓN SOCIAL A "CAPACITADORA TIC RED CHILOÉ PALENA LIMITADA"

Santiago, 13 de agosto de 2018.- Hoy se decretó lo que sigue:

Núm. 80 exento.

Visto:

Lo dispuesto en el Título II de la Ley Nº 18.989, "Del Fondo de Solidaridad e Inversión Social"; en el decreto supremo Nº 55, de 1990, del Ministerio de Planificación y Cooperación, actual Ministerio de Desarrollo Social, que aprueba el Reglamento de Incorporación al Registro de Consultores y Ejecutores del Fosis; en el decreto con fuerza de ley Nº 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la resolución exenta Nº 403, de 12 de abril de 2012, del Director Regional del Fosis de la Región de Los Lagos, que aprueba la incorporación de la organización denominada "Capacitadora en Tecnología de la Información y Comunicaciones Red Chiloé-Palena Limitada"; en las resoluciones exentas Nº 302, 360, 361, 363, 364 y 365, todas de 2017, del Director Regional del Fosis de la Región de Los Lagos, que declaran el Término Unilateral de los proyectos que indica; y en la resolución Nº 1.600 de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón y sus modificaciones posteriores.

Considerando:

Que, el artículo 10 inciso de la ley Nº 18.989, establece que existirá un registro público de personas naturales y jurídicas habilitadas para contratar con el Fondo de Solidaridad e Inversión Social, disponiendo que la incorporación a dicho Registro será reglamentada mediante decreto supremo.

Que, mediante resolución exenta Nº 403, de 12 de abril de 2012, de la Dirección Regional del Fondo de Solidaridad e Inversión Social de la Región de Los Lagos, se aprueba la incorporación de la organización denominada "Capacitadora en Tecnología de la Información y Comunicaciones Red Chiloé-Palena Limitada" al Registro Público de Fosis, asignándose a la referida inscripción el Nº 1024524.

Que el artículo 10 inciso de la ley Nº 18.989, dispone que la eliminación de las personas incorporadas a dicho registro, se hará por decreto fundado del Ministerio de Planificación, actual Ministerio de Desarrollo Social, basado en la pérdida de requisitos o en el incumplimiento de obligaciones contractuales con dicho Fondo.

Que, el...

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