Decreto núm. 8, publicado el 02 de Diciembre de 2021. RENUEVA NOMBRAMIENTO DEL REPRESENTANTE DE S.E. EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA, EN EL CONSEJO DE LA COMISIÓN CHILENA DEL COBRE DE DOÑA MARÍA CRISTINA BETANCOUR MUÑOZ - MINISTERIO DE MINERÍA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 878725499

Decreto núm. 8, publicado el 02 de Diciembre de 2021. RENUEVA NOMBRAMIENTO DEL REPRESENTANTE DE S.E. EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA, EN EL CONSEJO DE LA COMISIÓN CHILENA DEL COBRE DE DOÑA MARÍA CRISTINA BETANCOUR MUÑOZ

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE MINERÍA
Rango de LeyDecreto

RENUEVA NOMBRAMIENTO DEL REPRESENTANTE DE S.E. EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA, EN EL CONSEJO DE LA COMISIÓN CHILENA DEL COBRE DE DOÑA MARÍA CRISTINA BETANCOUR MUÑOZ

Núm. 8.- Santiago, 9 de febrero de 2021.

Visto:

Lo dispuesto en el artículo 326 y 35 de la Constitución Política de la República; el decreto con fuerza de ley N° 302, de 1960, del Ministerio de Hacienda, que Aprueba Disposiciones Orgánicas y Reglamentarias del Ministerio de Minería; el DFL N° 1, de 1987, del Ministerio de Minería, que Fija el Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado del decreto ley N° 1.349, de 1976, que crea la Comisión Chilena del Cobre; el decreto supremo N° 68, de 2018, del Ministerio de Minería, que deja constancia de cesación del cargo de Consejero de la Comisión Chilena del Cobre de don Patricio Aroca González, acepta renuncia de don Juan Pablo Vargas Norambuena al cargo de Consejero de la Comisión Chilena del Cobre y designa como representante de S.E. el Presidente de la República, en el Consejo de la Comisión Chilena del Cobre, a doña María Cristina Betancour Muñoz; y la resolución N° 6, de 2019, de la Contraloría General de la República, y

Considerando:

  1. - Que, conforme a lo dispuesto en el artículo letra e) del DFL N° 1, de 1987, del Ministerio de Minería, que Fija el Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado del decreto ley N° 1.349, de 1976, la Comisión Chilena del Cobre (Cochilco), estará administrada por un Consejo compuesto por dos representantes designados por decreto supremo por el Presidente de la República.

  2. - Que, el ya señalado artículo 4° del DFL N° 1, de 1987, del Ministerio de Minería, que Fija el Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado del decreto ley N° 1.349, de 1976, señala a su vez que los miembros del Consejo señalados en la letra e) durarán dos años en sus funciones, pudiendo sus nombramientos ser renovados.

  3. - Que, a través del decreto supremo N° 68, de 2018, del Ministerio de Minería, se designó a doña María Cristina Betancour Muñoz, como integrante del Consejo de la Comisión Chilena del Cobre (Cochilco), de aquellos singularizados en el numeral anterior.

  4. - Que, la designación de la Consejera individualizada precedentemente, concluyó el 21 de agosto de 2020, fecha a partir de la cual continuó ejerciendo sus labores en el citado cargo.

  5. - Que, conforme lo dispuesto en el artículo 52 de la ley N° 19.880, los actos administrativos no tendrán efecto retroactivo, salvo...

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