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Decreto núm. 8, publicado el 17 de Junio de 2021. DECLARA SANTUARIO DE LA NATURALEZA LOS MAITENES DEL RÍO CLARO

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE
Rango de LeyDecreto

DECLARA SANTUARIO DE LA NATURALEZA LOS MAITENES DEL RÍO CLARO

Núm. 8.- Santiago, 17 de abril de 2020.

Vistos:

Lo dispuesto en los artículos 19 N° 8 y 32 N° 6 de la Constitución Política de la República; en los artículos 34, 70 letra b), 71 letra c) y 73 de la ley N° 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente; en el artículo 31 de la ley N° 17.288, sobre Monumentos Nacionales; en el decreto supremo N° 1.963, de 1994, del Ministerio de Relaciones Exteriores, que promulga como ley de la República el Convenio sobre la Diversidad Biológica; en la solicitud de creación del Santuario de la Naturaleza denominado Los Maitenes del Río Claro presentada por Fundación Educacional Origen, de septiembre de 2018; en el oficio ordinario N° 17, de 3 de enero de 2020, del Consejo de Monumentos Nacionales; en el acuerdo N° 2/2020 del Consejo de Ministros para la Sustentabilidad, adoptado el 17 de enero de 2020; en la resolución N° 7, de 2019, de la Contraloría General de, la República, y

Considerando:

  1. Que, es deber del Estado tutelar la preservación de la naturaleza, así como velar por la protección y conservación de la diversidad biológica del país.

  2. Que, son santuarios de la naturaleza todos aquellos sitios terrestres o marinos que ofrezcan posibilidades especiales para estudios e investigaciones geológicas, paleontológicas, zoológicas, botánicas o de ecología, o que posean formaciones naturales, cuya conservación sea de interés para la ciencia o para el Estado.

  3. Que, conforme lo dispone el artículo 71 letra c) de la ley Nº 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, es atribución del Consejo de Ministros para la Sustentabilidad proponer al Presidente de la República la creación de las Áreas Protegidas del Estado, que incluye parques y reservas marinas, así como los santuarios de la naturaleza y de las áreas marinas costeras protegidas de múltiples usos.

  4. Que, el área que se propone declarar santuario de la naturaleza posee una superficie aproximada de 202 hectáreas y se encuentra ubicada en las localidades de Los Maitenes y Casa de Tablas, comunas de Río Claro y Molina, provincias de Talca y Curicó, respectivamente, Región del Maule.

  5. Que, el área propuesta se encuentra en una situación de transición entre dos ecorregiones, por lo que presenta...

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