Decreto núm. 8, publicado el 27 de Junio de 2017. DESIGNA MIEMBRO EN EL DIRECTORIO DE LA CORPORACIÓN NACIONAL DEL COBRE DE CHILE, EN REPRESENTACIÓN DE LA ASOCIACIÓN NACIONAL DE SUPERVISORES DEL COBRE Y LA FEDERACIÓN DE SUPERVISORES DEL COBRE - MINISTERIO DE MINERÍA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 684097941

Decreto núm. 8, publicado el 27 de Junio de 2017. DESIGNA MIEMBRO EN EL DIRECTORIO DE LA CORPORACIÓN NACIONAL DEL COBRE DE CHILE, EN REPRESENTACIÓN DE LA ASOCIACIÓN NACIONAL DE SUPERVISORES DEL COBRE Y LA FEDERACIÓN DE SUPERVISORES DEL COBRE

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE MINERÍA
Rango de LeyDecreto

DESIGNA MIEMBRO EN EL DIRECTORIO DE LA CORPORACIÓN NACIONAL DEL COBRE DE CHILE, EN REPRESENTACIÓN DE LA ASOCIACIÓN NACIONAL DE SUPERVISORES DEL COBRE Y LA FEDERACIÓN DE SUPERVISORES DEL COBRE

Núm. 8.- Santiago, 27 de marzo de 2017.

Vistos:

Lo dispuesto en los artículos 3210 y 35 de Constitución Política; en el DFL Nº 7.912, de 1927, que Organiza las Secretarías de Estado; en la ley Nº 20.392, que modifica el Estatuto Orgánico de la Corporación Nacional del Cobre de Chile; en el decreto ley Nº 1.350, de 1976, que crea la Corporación Nacional del Cobre de Chile; en el decreto supremo Nº 669, de 11 de marzo de 2014, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública; en la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República; en uso de las facultades que me confiere la ley, y

Considerando:

  1. Que, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 8º del DL Nº 1.350, de 1976, modificado por la ley Nº 20.392, el Directorio de la Corporación Nacional del Cobre de Chile estará compuesto por tres directores nombrados por el Presidente de la República; dos representantes de los trabajadores de la empresa elegidos por el Presidente de la República sobre la base de quinas separadas que deberán proponer la Federación de Trabajadores del Cobre, por una parte, y la Asociación Nacional de Supervisores del Cobre y la Federación de Supervisores del Cobre, en conjunto, por otra; y cuatro directores nombrados por el Presidente de la República, a partir de una terna propuesta para cada cargo por el consejo de Alta Dirección Pública, con el voto favorable de cuatro quintos de sus miembros.

  2. Que, de conformidad al artículo 8º literal (b) del decreto ley Nº 1.350, de 1976, de la Corporación Nacional del Cobre de Chile, corresponde a S.E. el Presidente de la República, en ejercicio de sus atribuciones, proceder a designar a un miembro del Directorio para el cargo que se encuentra vacante, sobre la base de la quina propuesta por la Asociación Nacional de Supervisores del Cobre y la Federación de Supervisores del Cobre.

  3. Que, mediante oficio Gab. Pres. Nº 285, de 3 de marzo de 2017, S.E. la Presidenta de la República ha designado a don Ghassan Dayoub Pseli, RUT Nº 14.695.762-5, como miembro del Directorio para el cargo que se encuentra vacante.

  4. Que, don Ghassan Dayoub Pseli, RUT Nº 14.695.762-5, que por el presente decreto se designa, ha acreditado el no encontrarse afecto a las inhabilidades señaladas en el...

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