Decreto núm. 733 EXENTO, publicado el 20 de Enero de 2022. MODIFICA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO TELEFÓNICO A LA EMPRESA COMPAÑÍA NACIONAL DE TELÉFONOS, TELEFÓNICA DEL SUR S.A. - MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 882922737

Decreto núm. 733 EXENTO, publicado el 20 de Enero de 2022. MODIFICA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO TELEFÓNICO A LA EMPRESA COMPAÑÍA NACIONAL DE TELÉFONOS, TELEFÓNICA DEL SUR S.A.

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Rango de LeyDecreto

MODIFICA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO TELEFÓNICO A LA EMPRESA COMPAÑÍA NACIONAL DE TELÉFONOS, TELEFÓNICA DEL SUR S.A.

Santiago, 8 de noviembre de 2021.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:

Núm. 733 exento.

Vistos:

  1. El decreto ley Nº 1.762 de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría.

  2. La ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley.

  3. La resolución Nº 7 de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.

  4. El decreto supremo Nº 103 de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.

  5. El decreto supremo Nº 216 de 1990, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorgó la concesión, y sus modificaciones posteriores.

    Considerando:

  6. Lo solicitado por la interesada mediante ingreso Subtel Nº 139.715 de 09.08.2021.

  7. Que no se presentaron oposiciones a la publicación en extracto de la solicitud de modificación de concesión.

    Decreto:

    Modifícase la concesión de Servicio Público Telefónico, otorgada a la empresa Compañía Nacional de Teléfonos, Telefónica del Sur S.A., RUT Nº 90.299.000-3, con domicilio en calle San Carlos Nº 107, comuna de Valdivia, Región de Los Ríos, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes.

    1. Autorízase a la concesionaria a instalar, operar y explotar un (1) radioenlace punto a punto, en la Región de la Araucanía:

    2. Instalar, operar y explotar un (1) enlace punto a punto en fibra óptica según se indica a continuación:

      Los radioenlaces se conectarán a la red existente, a través de medios propios o de terceros debidamente autorizados.

    3. Los plazos, son los que se indican a continuación:

      Apruébase el proyecto técnico base de la solicitud presentada por la concesionaria, en lo...

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