Decreto núm. 729, publicado el 27 de Noviembre de 2014. EXCLUYE AL SÍNDICO HERBERT CHRISTIAN MORALES HIDALGO DE LA TERCERA NÓMINA NACIONAL DE SÍNDICOS - MINISTERIO DE JUSTICIA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 546127550

Decreto núm. 729, publicado el 27 de Noviembre de 2014. EXCLUYE AL SÍNDICO HERBERT CHRISTIAN MORALES HIDALGO DE LA TERCERA NÓMINA NACIONAL DE SÍNDICOS

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE JUSTICIA
Rango de LeyDecreto

EXCLUYE AL SÍNDICO HERBERT CHRISTIAN MORALES HIDALGO DE LA TERCERA NÓMINA NACIONAL DE SÍNDICOS

Santiago, 11 de septiembre de 2014.- Hoy se decretó lo que sigue:

Núm. 729.- Vistos: Lo dispuesto en el artículo 32 Nº6 y Nº10 de la Constitución Política de la República; en el Libro IV del Código de Comercio; en la Ley Nº20.720, que Sustituye el Régimen Concursal Vigente por una Ley de Reorganización y Liquidación de Empresas y Personas, y Perfecciona el Rol de la Superintendencia del Ramo; en el decreto Nº19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que faculta a los Ministros de Estado para firmar "Por orden del Presidente de la República"; el decreto Nº235, de 2011, del Ministerio de Justicia, que nombró a don Herbert Christian Morales Hidalgo, como Síndico Privado de Quiebras; la resolución Nº1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República; en la resolución exenta Nº729, de 2013, de la Superintendencia de Quiebras; en los oficios Ord. Nº86 y Nº1776, ambos de 2013, de la Superintendencia de Quiebras, y oficios Electr. Nº96 y Nº774, ambos de 2014, de la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento, y

Considerando:

  1. - Que por decreto Nº235, de 2011, del Ministerio de Justicia, se nombró a don Herbert Christian Morales Hidalgo, RUN Nº13.300.357-6, como Síndico Privado de Quiebras y se le incluyó en la Tercera Nómina Nacional de Síndicos, fijada por decreto Nº1.071, de 1983, del Ministerio de Justicia.

  2. - Que, consta de los oficios Ord. Nº86 y Nº1776, ambos de 2013, de la Superintendencia de Quiebras y Oficios Electr. Nº96 y Nº774, ambos de 2014, de la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento, sucesora legal de la primera, que el síndico aludido fue citado a rendir examen de conocimientos los días 28 de junio de 2013 y 16 de mayo de 2014, ausentándose, sin causa justificada, en ambas ocasiones, entendiéndose reprobado para todos los efectos legales de conformidad a lo dispuesto en el Instructivo S.Q. Nº1, de 28 de abril de 2011.

  3. - Que por oficio Electr. Nº1687, de 29 de agosto de 2014, la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento comunicó a esta Cartera de Estado la situación del síndico en comento, con la...

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