Decreto núm. 72, publicado el 05 de Octubre de 2019. OTORGA A SISTEMA DE TRANSMISIÓN DEL SUR S.A., CONCESIÓN ELÉCTRICA DEFINITIVA PARA ESTABLECER EL SUBTRAMO 4.1 DE LA LÍNEA DE TRANSMISIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA DENOMINADA 'LÍNEA DE TRANSMISIÓN CHILOÉ-GAMBOA. TRAMO 1' EN LA REGIÓN DE LOS LAGOS, PROVINCIA DE CHILOÉ, COMUNAS DE ANCUD Y DALCAHUE - MINISTERIO DE ENERGÍA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 816710293

Decreto núm. 72, publicado el 05 de Octubre de 2019. OTORGA A SISTEMA DE TRANSMISIÓN DEL SUR S.A., CONCESIÓN ELÉCTRICA DEFINITIVA PARA ESTABLECER EL SUBTRAMO 4.1 DE LA LÍNEA DE TRANSMISIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA DENOMINADA 'LÍNEA DE TRANSMISIÓN CHILOÉ-GAMBOA. TRAMO 1' EN LA REGIÓN DE LOS LAGOS, PROVINCIA DE CHILOÉ, COMUNAS DE ANCUD Y DALCAHUE

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE ENERGÍA
Rango de LeyDecreto

OTORGA A SISTEMA DE TRANSMISIÓN DEL SUR S.A., CONCESIÓN ELÉCTRICA DEFINITIVA PARA ESTABLECER EL SUBTRAMO 4.1 DE LA LÍNEA DE TRANSMISIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA DENOMINADA "LÍNEA DE TRANSMISIÓN CHILOÉ-GAMBOA. TRAMO 1" EN LA REGIÓN DE LOS LAGOS, PROVINCIA DE CHILOÉ, COMUNAS DE ANCUD Y DALCAHUE

Núm. 72.- Santiago, 19 de agosto de 2019.

Visto:

Lo informado por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles en su oficio Ord. Nº 13954/ACC 2309169/DOC 2002188, de 3 de julio de 2019; lo dispuesto en los artículos 11º y 29º del decreto con fuerza de ley Nº 4/20.018, de 2006, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto con fuerza de ley Nº 1, de Minería, de 1982, Ley General de Servicios Eléctricos, en materia de energía eléctrica, en adelante e indistintamente la "Ley General de Servicios Eléctricos"; en el decreto ley Nº 2.224, de 1978, que crea el Ministerio de Energía y la Comisión Nacional de Energía; en la ley Nº 19.880, que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; en la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, y

Considerando:

  1. Lo informado por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles en su oficio Ord. Nº 13954/ACC 2309169/DOC 2002188, de 3 de julio de 2019, el cual pasa a formar parte del presente acto administrativo de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 41 de la ley Nº 19.880, que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado.

  2. Que la resolución exenta Nº 17.183, de fecha 31 de enero de 2017, de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, acogió la petición de división de la concesión eléctrica definitiva para el proyecto denominado "Línea de Transmisión Chiloé-Gamboa. Tramo 1", presentada por Sistema de Transmisión del Sur S.A., con fecha 28.10.2015.

  3. Que la aceptación de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, señalada en el considerando anterior, se efectuó de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 29º de la Ley General de Servicios Eléctricos, dividiéndose materialmente la concesión solicitada en cinco subtramos, a saber "Subtramo 1", "Subtramo 2", "Subtramo 3", "Subtramo 4" y "Subtramo 5".

  4. Que, posteriormente, Sistema de Transmisión del Sur S.A., solicitó la división del "Subtramo 4" de la solicitud de concesión en dos tramos, la que fue acogida por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles a través de resolución exenta Nº 20.627, de fecha 2...

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